Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada
Yo tengo una duda. Obviamente en los bancos nacionalizados es claro el porque de la quita, ya que el valor de la entidad es menor que la ayuda recibida. Lo que no tengo tan claro es el caso de aquellas entidades que recibiran dinero publico pero lo devolveran como pueden ser cajas o bancos medianos. En este caso no tiene razon ninguna la quita, en todo caso es claro que mientras este la ayuda publica no deberia pagarse dividendo, pero dado que el valor de la entidad es superior a la ayuda publica, no deberia detraerse cantidad alguna de la deuda o preferentes.