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Obligación de asumir pérdidas en subordinada

31 respuestas
Obligación de asumir pérdidas en subordinada
Obligación de asumir pérdidas en subordinada
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#1

Obligación de asumir pérdidas en subordinada

Hola,

Hoy leo en la prensa que Bruselas obligaría a los propietarios que tengan obligaciones subordinadas con fecha de vencimiento (en este caso 2019) a que absorban una quita sobre su inversión.
Pueden hacer eso? No dejar que venzan y devolverte menos dinero?

Entiendo que si el banco es liquidado, pueden hacerlo.
En este caso hablo de NCG, que podría ser vendida o igual liquidada.
Si la vendieran, podrían obligar a coger el dinero? O se incumple el contrato?

Un saludo y gracias.

#2

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

En breve sacaran la normativa para hacer justo lo que explicas en tu mensaje.
Aunque no hará falta liquidar la sociedad para hacer esto.
Cuando saquen la ley volvemos a comentar la jugada

#3

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

Gracias Manoloalba.
Pues esperaremos a ver que pasa.

#4

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

Yo he leído una cosa parecida:
"El gobierno deberá tomar las medidas legislativas necesarias para OBLIGAR a accionistas y titulares de híbridos a asumir la mencionada quita si no se pudiera llegar a un acuerdo voluntario sobre el reparto de la carga".
Desconozco si es la traducción literal del MEMORANDUM que Bruselas publicó el día 9. He estado intentando descrifrarlo pero como está en inglés... (pues como ya sabes, gran parte de los españolitos dominamos el inglés) y a nadie le ha dado por traducirlo.
La cosa pinta muy mal, pretenden sacrificarnos a los titulares de Subordinadas y Preferentes y a los Bonistas ni tocarlos.

#5

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

A ver Pilarbcn, bonistas son en general todos los poseedores de bonos, en ellos se incluye tanto los senior, como las subordinadas y las preferentes.
Lo lógico es que dejen fuera de cualquier clase de quita a los Senior porque es la deuda de mayor calidad, y normalmente cuando se habla de bonistas se habla de acreedores de los bancos en forma de subordinadas y preferentes, con lo que bonistas y titulares de subordinadas y preferentes ES LO MISMO.
Un saludo.

#6

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

Al decir bonistas me refería a los titulares de Bonos Seniors. También he leído por ahí que a los titulares de Bonos Seniors no le iban a hacer la quita pues éstos eran grandes inversores, la verdad no lo sé, no entiendo. Lo que si sé es que muchas entidades bancarias también ofrecían Bonos Seniors y sus titulares son pequeños ahorradores.

#7

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

Creo que la diferenciación no es sobre a quien se ha dirigido la emisión en concreto, sino la calidad de la prelación del papel, un bono senior es máxima calidad de deuda mientras subordinadas (como su propio nombre indica) y preferentes...pues eso, que están por debajo.
Ahora entiendo tu matiz, pero para mi es lógico que a los titulares de Senior no se les aplique el mismo castigo (aunque fastidie) porque eso crearía una inseguridad jurídica que sería la gota que colmaría el vaso para más de un inversor extranjero.

#8

Re: Obligación de asumir pérdidas en subordinada

Si no era suficiente con las participaciones preferentes y los bonos convertibles ahora le toca el turno a la deuda subordinada. Leed este artículo:

http://www.cincodias.com/articulo/mercados/banca-acelera-amortizacion-deuda-subordinada-reforzar-capital/20111222cdscdimer_5/

Bien, vamos a diferenciar entre entidades. Entiendo que esta normativa de Bruselas afectará a entidades bancarias que necesiten ayuda, que sean nacionalizadas o liquidadas. Veamos el caso de Banca Cívica. Banca Cívica acaba de canjer sus participaciones preferentes por bonos convertibles en acciones de Caixabank, ya que el 2 de agosto deja de existir Banca Cívica al ser absorvida por uno de los tres bancos más importantes de España y que al parecer no necesitará ningún tipo de ayuda (habrá que esperar para confirmarlo al informe de las auditorías el 31 de julio). Todo parece que va a ser así. Banca Cívica ya ha anunciado que va a amortizar por el 100% del capital cerca de 11 emisiones este año con el fin de ir a la absorsción "limpia". Todo perfecto. Fijaos que diferencia con otras entidades nacionalizadas que a los tenedores de ds no les devuelven su dinero sino que los pasan directamente a accionistas o se las amortizan por mucho menos de su valor o tienen que acudir a mercado con la consiguiente merma de capital, es el caso de Caixa Catalunya, uno de los bancos nacionalizados.

Os planteo estas reflexiónes: A Banca Cívica le quedan muy pocas emisiones por amortizar debido a que no se ha cumplido todavía el plazo mínimo de 5 años para amortizarlas anticipadamente. Por ejemplo, una emisión de Caja Navarra (una de las entidades que integran Banca Cívica)del 30/06/09, que supuso 200.000.000 de euros. Esta es una emisión que en su contrato está claramente especificado que el 29/06/14 se podrá amortizar anticipadamente o se llegará al final del contrato el 29/06/19. También pone en el contrato que la amortización será a la par, libre de gastos y comisiones. Todo perfecto. Fijaos que hay ds como las del Popular que son convertibles en acciones, sus tenendores no lo sabían y el banco se las ha canjeado sí o sí por acciones. Al parecer los bancos ahora se quieren quitar la ds como sea, bueno, como sea no, pasarlas a acciones, darles a los tenedores menos dinero o que acudan al mercado, o como Banca Cívica amortizarlas al 100%.

Pregunta/reflexión clave: ¿Con la absorción de Banca Civica por parta de Caixabank se van a respetar los contratos que supongan una amortización adelantada o final del 100% del nominal en metálico? Según el artículo y diversas opiniones, aquellos bancos que requieran ayuda podrán quitarse la ds mediante amortización o CANJE POR ACCIONES. Esta es la madre del cordero. En principio parece que Caixabank no va a necesitar ayuda y si en los contratos pone claramente que se amortizará a la par. Después de leer lo que les está pasando a los tenedores de ds de otros bancos y temiendo me lo peor de este gobierno que le pueda dar por cambiar las leyes de un viernes para otro, es como para no fiarse. Pero repito, en principio sólo se verían afectados lo tenedores de ds de bancos con todos estos problemas. ¿Qué opináis?

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