Ayer leí una sentencia muy curiosa sobre un swap
http://asuapedefin.com/sentencias/S_111115_CSABADELL_JPI5_HOSPITALET_reconvencional_pyme_SIN.pdf
Resulta que la que demanda es la entidad bancaria al cliente por no pagar los resultados del Swap , el cliente dice que no es correcto y por lo tanto no paga. El banco lo demanda y el cliente en la contestación a la demanda explica el porque no paga y pide que se anule el contrato por vicio en el consentimiento. El juez lo considera aceptable y el juicio que había promovido la entidad financiara por impago se trasforma en vicio en el consentimiento.
Buena idea tuvo el abogado del cliente eh ¿o no?
Para rizar el rizo se desestima el vicio en el consentimiento , ( es de un swap y es una empresa la que lo contrata) pero el juez aprecia que el contrato es claramente a favor de la caja y siempre en perjuicio del cliente por lo que a pesar que el cliente recibió y estaba en condiciones de entender la información del producto el contrato es anulado.
Algo así podrías hacer tu Carmenmaria. Trinca la pasta, no devuelvas el crédito pignorado y espera que ellos te demanden para poder explicar el porque no pagas y así analizar en profundidad tu caso.