Re: Subordinadas caja duero
Pues va a ser verdad que la media son 5000€.
Pues va a ser verdad que la media son 5000€.
Hola:
He "intentado" leer lo máximo posible de este foro. Mi pregunta es la siguiente, si no se va al canje, ni se va a juicio, entiendo que te quedas con las preferentes de CEISS. ¿Qué pasa si Unicaja hace efectiva la fusión? ¿En qué se quedan esas preferentes?.
Estoy dudosa en qué hacer... y me gustaría saber este punto....
Hola:
Mi duda es la siguiente: si resulta que no se va al canje, ni se interpone una demanda ante el juzgado, supuestamente nos quedamos con Preferentes del CEISS.
Si la "compra" Unicaja, esas preferentes del CEISS ¿cómo se quedan?. Es decir, que si hay que ir al canje o al juzgado, no te puedes quedar en medio?.
Gracias de antemano a la persona que me pueda contestar, es que ando muy perdida...
Ya no hay preferentes de Ceiss. Después de la quita de mayo del 10% en subordinada (y otros porcentajes en preferentes) lo que quedan son bonos necesariamente convertibles en acciones de Banco Ceiss. Esos bonos se convertirán (1 bono de 1 euro de valor nominal por 1 acción de 0,25 euros de valor nominal ya que 0,75 céntimos son de prima de emisión) en acciones de banco Ceiss. voluntariamente en el 2014 y obligatoriamente en el 2015.
Quien tenga ahora bonos después será accionista de Ceiss y en Ceiss habrá dos tipos de accionistas: Unicaja que tendrá la mayoría de capital porque han aceptado ahora quienes tienen acciones y porque recibirá en la oferta que han hecho los bonos Ceiss (que los convertirá en acciones) y el resto (los bonistas actuales de Ceiss que no hayan canjeado). La proporción se desconoce pero puede ser 80-90% Unicaja y 10%-20% Bonistas sin canjear.
Así se puede pasar "toda la vida", con el problema que no está previsto que Banco Ceiss cotice en bolsa ni reparta dividendo. Esa es la diferencia, porque si está previsto que Unicaja cotice en bolsa y reparta dividendo.
Es decir, gente con experiencia en bolsa esta jo....da.
En un juicio se te ve todo.
Desgraciadamente para quien interpuso la demanda es una de las pocas que se pierden, pero el perfil y el historial del cliente hubiera tenido que llevar al abogado a aconsejarle que no pusiera la demanda, ya que ahora se encuentra en la peor posición posible:
condenado en costas, tiene que pagar su abogado y procurador y el del contrario, y además si se queda con los bonos Ceiss va a recuperar muy poco.
No le echo la culpa en absoluto al cliente, que es una víctima de la situación, pero el problema que he detectado es que la mayoría de los abogados y plataformas animan A TODOS a reclamar en juicio, y yo pienso que hay que animar a quienes no les pueda perjudicar esa decisión.
Por eso digo que la decisión debe ser personal y bajo el consejo de un buen profesional de confianza.
Chemam no tienes por qué disculparte por hacer esa pregunta.
Precisamente por eso mismo que tú dices Unicaja ha impuesto firmar ante Notario ese Acta. Tú vas al arbitraje por los errores en la venta que te hicieron de las obligaciones o las preferentes de Caja España o Caja Duero, pero podría darse el caso de que posteriormente acudieras al juzgado por el canje de los bonos Ceiss que tienes ahora por los bonos de Unicaja que te van a dar. Podrías argumentar que dicho canje fue impuesto, que te dijeron que con él recuperarías la mayor parte del dinero, que en realidad no sabías ni te explicaron lo que te daban, etc. Todo esto es lo que, supuestamente, se evita que puedas alegar al firmar el Acta de Manifestaciones aunque la realidad sea diferente.