Pues no hemos estado dando vueltas a esto en varias ocasiones en los foros de fiscalidad, yo personalmente preguntando a los expertos si esto se podría pedir por "indebidos", no tengo ningún asunto de estos, pero indirectamente (familia, amigos), ya sabes no hay casa en España que no tenga a algún afectado. Bien pues los técnicos, y basándose en la Ley, indicado que hay que hacer declaraciones complementarias o bien, depende del caso, considerarlo como minusvalías, que solo se pueden compensar con plusvalías, y además únicamente durante unos años .... !!!!!!!!
No sé, es mera intuición, y tal vez diga una sandez, porque no conozco nada, pero nada, el funcionamiento interno de la AEAT, pero me temo que esto como no está expresamente regulado, el inspector que ha resuelto tu tema, ha tirado del sentido común (como debería ser siempre), porque vamos pretender que la gente lo considere minusvalías, para compensarlas en los próximos 4 años, y como no tengas plusvalías a compensar, anda y que te den ... tendría de todos, menos sentido común, porque se supone que si uno gana un juicio porque tenía una ipf, no es un inversor para nada, esto de tener plusvalías por inversiones, va a ser que no, ya que precisamente lo que no es un inversor, si no hay inversiones no habrá plusvalías ni en cuatro años ni nunca, y visto el percal muchas ganas de serlo no tendrá.
En todo caso te felicito por tu desparpajo y tirar por el camino mas simple, a ver que ocurre !!!!!!