Re: Obligaciones AUDASA 3.75% dic 2025 ES0211839214
Respecto a los ratings, el bono del Bco. Popular Isin ES0213790001 tiene un rating B2 y no creo que haya que temer ni quitas ni impagos.
Respecto a los ratings, el bono del Bco. Popular Isin ES0213790001 tiene un rating B2 y no creo que haya que temer ni quitas ni impagos.
Cuidado con la TIR porque es su cálculo se asume que los cupones se reinvertirán con el mismo rdto. que la inversión inicial pero eso es falso. Compres la emisión que compres (y cada una usa su cupón para calcular su TIR), los cupones lo podrás invertir cómo quieras y puedas que ahora difícilmente será con rdtos. tan altos como los de las anteriores emisiones de obs. de Audasa.
Yo no compraría esta ob. por encima de la par.
Más explicado en [80] Re: Obligaciones AUDASA 3.75% dic 2025 ES0211839214.
Gracias, hay 2 emisions de aucalsa y audasa que vencen en 2016, si no ha subido mucho la emision del 3,750, igual compro algo, por que los depositos no hay nada interesante.
A ver Buso,
el cobro del cupón de AUDASA es una sola vez por año, así que en este caso no hay que considerar lo que dices de "reinvertirlo con el mismo rendimiento", puesto que cuando los retornos se obtienen una sóla vez por año coincide el rendimiento con la TIR, por definición de TIR. Lo que dices sólo habría que tenerlo en cuenta cuando el cobro de los cupones, dividendos o intereses tuviera lugar repartido en varias veces por año. Y esto es así porque, a la vez que el cálculo de la TIR tiene en cuenta la reinversión del rendimiento obtenido, luego lo que hace la fórmula es calcular la "media geométrica" de todos los rendimientos futuros previstos para la inversión realizada. Este es el quiz de la cuestión: "media geométrica" no "media aritmética".
En cualquier caso, la más sencillo para calcular una TIR es con un Excel, metes el valor de los cupones que irás cobrando cada año, sin reinvertirlos, y verás algo como esto:
Año cero: inviertes 100
Año 1: cobras 3
Año 2: cobras 3
Año 3: cobras 3
etc, etc
Último año: cobras 103 (3 de cupón más la inversión del año cero)
Al final obienes: TIR = 3%
Me comentan en Renta 4 que esperan recibir notificación de la CNMV para el inicio de la cotización y que para hoy creen que aún no cotizará.
Saludos! Respecto a tu afirmación:
Cuando los retornos se obtienen una sóla vez por año coincide el rendimiento con la TIR, por definición de TIR.Es cierta cuando la compra se realiza al 100% y cuando falta exactamente un periodo completa para el pago del siguiente cupón. Lo que quiero decir es que si ahora compramos en el mercado secundario obs. de emisiones anteriores (que tienen prrecios distintos) la TIR de cada una comprada a su precio actual es engañosa porque asume que se reinvertirán los cupones con las mismas condiciones que el producto que las genera y cuando mayor sea su cupón mayor será su TIR aunque en la realidad, compremos la las obs. de la emisión que la compremos, los cupones los podremos destinar a lo mismo. __________________________ No sé si me hago entender o lo que he escrito parece un trabalenguas. Pondré un ejemplo. Producto 1 Se pagan 1.010 euros por un bono que pagará dentro de un año 50 euros, dentro de dos 50 más, dentro de tres 50 más y dentro de cuatro nos devuelven 1.000 + 50 = 1.050 euros. Su rdto. en cuatro años sera 50 + 50 + 50 + 40 = 190 euros. Producto 2 Se pagan 995 euros por un bono que pagará dentro de un año 45 euros, dentro de dos 45 más, dentro de tres 45 más y dentro de cuatro nos devuelven 1.000 + 45 = 1.045 euros. Su rdto. en cuatro años sera también 45 + 45 + 45 + 55 = 190 euros. Aunque los plazos son iguales, cada producto dará una TIR distinta por dos motivos: 1) que los cupones son distintos 5% y 4,5% sobre el nominal y 2) porque el precio de compra es distinto 101,00% y 99,50%. Pero el cálculo de la TIR en el primer producto asume que cada pago de 50 euros se podrá reinvertir al 5% hasta el vto. del bono mientras que en el segundo se asume que cada pago de 45 euros se reinvertira al 4,5% hasta el vto. del bono. Sin embargo, la realidad es que tanto un cupón como el otro se podrá invertir en las mismas condiciones que, en general, no serán las que se asumen para calcular cada TIR. En el segundo producto la TIR sale perjudicada porque asume que invertiremos una cantidad menor (45 euros frente 50 euros y esto es cierto) con un rdto. menor (4,5% frente a 5% y esto no será cierto y cuando los plazos son largos y los tipos efectivos durante la vida del producto son muy distintos a los de su emision -por arriba o por abajo-, es un factor muy distorsionante). Por otra parte, tambíen hay que tener en cuenta que la TIR del segundo producto se beneficia porque el precio de compra es menor pero ese si es un dato cierto y no un futurible. Aunque es cierto que todos prefirimos recibir los rtos. más pronto aunque sean la misma cantidad la TIR es un parámentro para comparar proyectos de inversión distintos que asume condiciones que, en general, no son ciertas (lo mismo ocurre con el cálculo del TAE). Os invito a leer Problems with using internal rate of return dentro de la entrada Interna Rate of Retur (IRR) en la Wikipedia (en inglés). __________________________ Entonces, la cuestión es, ¿si la interpretación de la TIR es problemática por qué se usa? La respuesta es que de alguna forma hay que comparar proyectos no homogéneos para tomar una decisión y la TIR es un parámentro (otro, por ejemplo, es el rdto. anualizado) pero la TIR tiene en cuenta la carga de intereses y reinversiones y lo hace con los datos iniciales que durante la vida del producto cambiarán. En cambio el rdto. anualizado no tiene en cuenta reinversiones que de hecho sí se pueden hacer.
Estás hablando del interés compuesto. Te aconsejo que para calcular la TIR te olvides de reinvertir los cupones: coge sólo el importe de la inversión y el importe de los cupones que vas a cobrar cada año. Con esto y una hoja Excel tienes bastante para calcular la TIR de tu inversión, que siempre te saldrá POR DEBAJO DE LA QUE REALMENTE OBTENDRÍAS si decidieras reinvertir los cupones cobrados en otro bono igual, en una letra, en un depósito bancario o donde tu quieras. Aun si piensas que te engañas ten en cuenta que el resultado real (reinvirtiendo) es favorable para ti.
Si compro un bono y sumo todos los cupones que recibo y el precio de venta o amortización y resto al precio de compra de este producto y divido ese resultado entre el núm de años que ha permanecido el producto en mi cartera y luego obtengo el porcentaje respecto de la inversión inicial, lo que obtengo es rto. anualizado del producto que es distinto de la TIR.
Bueno, tú sabrás lo que quieres conocer, si el rendimiento o la TIR. Yo veo el asunto mucho más sencillo y no me sirve de nada complicarme la vida sin sentido.
Pues a ver si puede ser para hoy, porque de momento ná de ná.
Se está haciendo rogar el inicio de la cotización, el resto de emisiones de Audasa las veo "alegres" y con buena liquidez por lo que intuyo una rápida subida al menos hasta 100,50 / 101
pues yo las dejare un tiempo.....para ir sumando cupon corrido!!!! para la ruina que ha tocado...
La tasa interna de retorno o tasa interna de rentabilidad (TIR) de una inversión es el promedio geométrico de los rendimientos futuros esperados de dicha inversión, y que implica por cierto el supuesto de una oportunidad para "reinvertir". Tasa Interna de Retorno en Wikipedia Efectivamente, si un bono se adquiere en su emisión (o se compra al 100%), paga cupones anuales (sin ningún cupón truncado) y su vida hasta el vto. es un núm. de años entero, el cupón coincide con la TIR pero porque en esas condiciones el cupón es el valor que hace que el valor actual neto sea nulo al resolver la ecuación que da la TIR (ecuación de grado n elevado - mayor que 3 generalmente-) y que excepto bajo condiciones muy particulares se resuelve de forma iterativa; no con una fórmula directa (la función del Excel que calcula la TIR hace estas iteraciones, no aplica una fórmula simple). Me limito a copiar la definición de TIR que es compleja (he copiado un recorte de pantalla):
También se puede consultar el artículo de José Luis Mateu Gordon TIR de un bono © 2015 Unidad Editorial Información Económica S.L. en Expansión y, en general, el artículo de Javier Iturrioz del Campo Tasa interana de retorno o rentabilidad (TIR) © 2015 Unidad Editorial Información Económica S.L. también en Expansión donde podemos leer
Dadas las similitudes en el cálculo con el VAN, comparte con este método el supuesto de que los flujos de caja se reinvierten al tipo de descuento que en este caso es la propia TIR. Así, si se utiliza un tipo de reinversión diferente “k*” con el que se capitalizan los flujos de caja hasta “n”, y posteriormente se actualiza el importe obtenido hasta el momento actual al tipo “k” se obtiene [otra] expresión.
Por lo tanto, comparar con la TIR la adquisición de dos bonos cuando al menos uno se compra en el mercado secundario (y su precio de compra no será el 100%, los cupones serán distintos y habrá que desenvolsar el cupón corrido) puede resultar engañoso porque en ambos casos obtendremos cupones que en realidad podemos invertir de la misma forma pero que para el cálculo de cada TIR se asumen reinversiones con distinta rentabilidad.
Oye Buso, de verdad, no te molestes tanto en explicarme que es la TIR que no me hace falta. Descansa un poco :-)