Hay que tener en cta. que algunas obs. subordinadas no pagan cupón si la entidad no tiene beneficios y es posible que un banco no tenga beneficios porque se le obligue a provisionar pérdidas. Hay que informarse antes de decidirse.
En el caso de las entidades financieras que son emisores habituales de este deuda subordinada, este tipo de deuda computa como recursos propios-Tier 2 en el capital de la entidad emisora, por esta razón y también porque cumple ciertos requisitos que lo asemejan parcialmente al capital social de las entidades de crédito, la deuda subordinada es considerada, junto con las participaciones preferentes, como un híbrido de capital.
Es decir mientras que quien hace un depósito en un banco adquiere un activo (pasivo para el banco)(*) quien compra parts. prefs. u obs. subds. adquiere Neto Patrimonial(**)
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(*) El activo de una empresa son sus bienes y dchos. El pasivo, por contra, sus deudas y obligaciones adquiridas frente a terceros (clientes, Admón., aseguradoras...).
(**) El Neto Patrimonial son las obligaciones propias como las ampliaciones de capital. Quien compra una ob. subordinada está contribuyendo a incrementar el capital de la sociedad y aunque esta tiene ciertas obligaciones sobre el tenedor (normalmente pagarle el cupón y devolverle la inversión transcurrido un plazo pactado) el tenedor también admites obligaciones frente a la empresa (normalmente, ser solidario aunque con el límite máx. de su inversión, de las deudas de la sociedad)
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Capital Tier 1 (en castellano nivel 1): Es la medida fundamental de la fortaleza financiera de una entidad bancaria desde el punto de vista de un regulador y también se denomina core capital y consiste principalmente en acciones ordinarias y reservas revelada (o utilidades retenidas) pero también puede incluir productos financieros no canjeables o acciones preferentes no acumulativas. El Comité de Basilea también observó que los bancos han utilizado instrumentos de nueva creación en los últimos años para generar capital de Tier 1; éstos están sujetos a condiciones estrictas y están limitadas a un máximo de 15% del total de capital de Nivel 1. Esta parte del capital de Nivel 1 será eliminado durante la implementación de los acuerdos de Basilea III.
En este sentido, es capital se relaciona con el concepto contable de los fondos propios pero no coincide. Tanto el capital Tier 1 y Tier 2 se definieron por primera vez en el acuerdo de capital de Basilea I y su definición permaneció sustancialmente igual en la sustitución del acuerdo de Basilea II. Capital de nivel 2 (Tier 2) representa "capital complementario", tales como las reservas ocultas, las reservas de reevaluación, las reservas generales para pérdidas crediticias, híbridos ( entre deuda y patrimonio) instrumentos de capital y deuda subordinada.
El regulador bancario de cada país, sin embargo, tiene cierta discreción sobre cómo los diferentes instrumentos financieros pueden contar en un cálculo de capital, ya que el marco jurídico es diferente en cada país.
El fin de estos acuerdos es la protección contra pérdidas inesperadas, es decir, no previsibles y que no están cubiertas por las provisiones, reservas y ganancias del año en curso. En el acuerdo Basilea I, capital de Nivel 1 es un mínimo de 4% de las acciones propiedad de los inversores, pero generalmente requieren una proporción de 10%.
El ratio de capital Tier 1 es la relación entre el capital básico de renta variable de un banco para sus activos ponderados por riesgo totales (APR). Los activos ponderados por riesgo son el total de los activos del banco ponderados por riesgo de crédito de acuerdo a una fórmula determinada por el regulador (por lo general el banco central del país). La mayoría de los bancos centrales siguen el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS), directrices para establecer fórmulas de ponderación de riesgo de los activos como dinero en efectivo y moneda que por lo general tienen una ponderación de riesgo nula, mientras que, por el contrario, ciertos préstamos pueden llegar a tener una ponderación de riesgo del 100% de su valor nominal. El Comité de Basilea es una parte del Banco de Pagos Internacionales (BPI). Bajo los lineamientos del BCBS total de RWA no se limita a Riesgo de Crédito. Contiene componentes de Riesgo de Mercado (normalmente basado en el valor en riesgo –VaR-) y Riesgo Operacional. Las reglas del BCBS para el cálculo de los componentes del total de RWA han sufrido varios cambios tras la crisis financiera de 2007/08
A modo de ejemplo, supongamos que un banco con 2€ de la equidad recibe en depósitos de clientes de 10€ y que se prestan en su totalidad, es decir, los 10€. Suponiendo que el préstamo que es un activo de 10€ en el balance del banco, lleva una ponderación de riesgo del 90%, el banco refleja unos riegos ponderados del 90% que son 9€. Como puede añadir su patrimonio original de 2€, la relación del banco Tier 1 se es 2/9 que es el 22,22%.
Hay dos convenciones para el cálculo y citando el ratio de capital Tier 1: Ratio de capital común y ratio de capital total Tier 1. Las participaciones preferentes y parte de la deuda subordinada no están incluidos en la relación total de capital de Tier 1. Por lo tanto, la ratio de capital común siempre será menor o igual a la ratio de capital total.
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Capital Tier 2 (en castellano nivel 2): El capital Tier 2 o capital adicional, incluye una serie de componentes importantes y legítimos de la base de capital de un banco. Estas formas de capital bancario se estandarizaron en gran medida en el acuerdo de Basilea I, emitido por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y no se modificó en el acuerdo de Basilea II. Los reguladores nacionales de la mayoría de países han puesto en práctica estas normas en la legislación local. En el cálculo de capital regulatorio, el capital Tier 2 está limitada por el 100% del capital de Tier 1.
Reservas ocultas
Las reservas ocultas no son comunes, pero son aceptados por algunos reguladores, donde un banco ha obtenido beneficios pero no se han consignado en las reservas generales del banco. Deben ser aceptadas por las autoridades de supervisión del banco y en algunos países el Organismo Regulador no las acepta como una forma legítima de capital. Un ejemplo de beneficios obtenidos pueden ser inmuebles que se han conseguido condonando préstamos o de otra forma. Aunque realmente son beneficios, no tienen porque considerarse como una forma de capital disponible.
Reservas de revalorización:
Son reservas que se obtienen cuando una empresa tiene un activo revalorizado. Un ejemplo simple puede ser que un banco sea propietario de los inmuebles en que desarrolla su actividad y que a lo largo del tiempo se han revalorizado. El aumento de valor se añadiría a una reserva de revalorización. La reserva puede surgir de una revaloración formal a través del balance contable del banco, o un complemento teórico debido a la tenencia a revalorizarse de ciertos activos contenidos en el balance valorados a coste histórico (otros activos se devalúan porque se deteriorar con el paso del tiempo; un ejemplo sencillo sería el parque móvil (vehículos) de la entidad. Basilea II requiere un descuento del 55% de la diferencia entre el coste histórico y el valor de mercado actual cuando se utilizan estas reservas para calcular el capital de Nivel 2.
Cuando una pérdidas se ha producido pero no ha sido bien valorada se retrae en el capital de Nivel 2, siempre y cuando no sobrepase la estimación.
Participaciones preferentes:
Los productos híbridos son instrumentos que tienen algunas características tanto de deuda como de capital. En general, están cerca del equilibrio porque que son susceptibles de generar pérdidas en el valor nominal sin desencadenar un desembolso del banco, que se pueden contar como capital. La deuda perpetuas domo las participaciones preferentes llevan un cargo fijo acumulativo y son instrumentos híbridos que están excluidos de Tier 1.
Obligaciones o deuda subordinada:
La deuda subordinada está clasificada por debajo de los depósitos ordinarias del banco. Sólo los que tienen un término original mínimo de vencimiento de cinco años se puede incluir en el cálculo de esta forma de capital y se deben someter a un régimen de amortización específico que preserve la solvencia de la entidad, por ejemplo, no repercutir gastos (el pago del cupón) en los ejercicios en los que no hay beneficios.