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Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

28 respuestas
Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente
Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente
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#9

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

Yo creo que lo que dice la ley es que para que las participaciones preferentes sean capital han de cumplir este requisito: que el inversor sólo tenga derecho a un cupón fijo no acumulativo en caso de beneficios.
Pero que el inversor no tenga derecho a exigir ese cupón, no quiere decir que el banco o caja no pueda decidir pagarlo de todas formas, aún sin estar obligado a ello.
Lo que pasa es que seguramente el Banco de España puede intervenir en este último caso y denegar el pago. Es un misterio por qué no lo han hecho, de hecho, es evidente que permitir que se descapitalice una entidad inmersa en un proceso de saneamiento o reestructuración atenta contra todos los principios de supervisión y disciplina de mercado.
Pagando estos intereses, las entidades se descapitalizan; al mismo tiempo, piden ayudas para recapitalizarse. A todos los efectos, el dinero público se está canalizando desde el Estado a inversores particulares, sin ningún tipo de justificación o explicación.
La UE se ha pronunciado con claridad sobre estos temas para operaciones de su competencia, los principios son claramente aplicables a operaciones internas de los estados. Concretamente ha dicho que cualquier medida que reduzca los fondos propios (incluído el pago de cupón a híbridos como las preferentes, o la recompra de instrumentos de capital) son incompatibles con el principio de "carga compartida" (los agentes privados deben pagar una parte significativa del coste de reestructuración) y "mínimo necesario" (la ayuda pública debe ser el mínimo imprescindible). Es de sentido común, de todas formas.

#10

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

En la preferencia creo que es al revés de como tú lo interpretas: los accionistas son siempre los últimos. Siempre. Eso es la parte mala, la buena es que su parte puede crecer indefinidamente, mientras que el beneficio de las preferentes está limitado a un cupón fijo (o referenciado a un índice de tipos, pero no al beneficio de la empresa). Pero además, en la mayoría de emisiones de preferentes, está especificado que vienen obligados al pago de cupón si hay beneficios o si hay pago de dividendo, lo que implícitamente reconoce que tanto el cupón como los dividendos pueden pagarse sin haber beneficios...

En cuanto a beneficios distribuibles, que ya lo hablamos, no sé qué partidas contables son susceptibles de incluirse bajo este epígrafe, y sólo puedo suponer que si pagan y la norma dice que sólo pueden pagar si hay beneficios distribuibles, es porque puede interpretarse de forma que sí que los haya.

Y en cuanto a vuestra interpretación de condicionar, insisto en que es errónea, tal como ya le he dicho a Lacaseton; si no se cumple la condición, quedas liberado de la obligación (y puedes proceder como te dé la gana), no quedas obligado a lo contrario: Le regalo un coche al que acierte un número... Aciertas?... coche... ¿fallas?.... si quiero te lo doy y si no, pues no, porque como has fallado, no estoy obligado a dártelo.

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#11

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

Fernan

puedes mirarlo de otra forma...

la ley obliga a condicionar el pago a la existencia de beneficios.

seria completamente distinto si obligase a condicionar la decision de pago a la existencia de beneficios.

cuando hacemos lo del premio... esta claro que si sale el numero me das el premio y si no sale, o me lo das o no...

vale.

pero es que en este caso, hay alguien que te obliga a hacer algo... dicho de otra forma, el presentador no puede elegir.

piensalo.

no es lo mismo condicionar un acto que la decision del acto.

#12

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

Dicho de otra forma....

te obligo a pagar si y solo si se cumple una condicion. (recordemos que esto en la ley es una restriccion)

no te obligo a pensar si pagamos si no se cumple una condicion.

#13

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

Algo así quería yo expresar, que la ausencia de benficios no "obliga" expresamente a no pagar el cupón... lo que pasa es que como dice Yo mismo, me hice un poco un lío... :-D

Saludos

#14

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

Pues habrá que cambiar la ley:
Artículo 9999
1.-Los intereses de las obligaciones preferentes se cobrarán siempre que la entidad emisora obtenga beneficios.
2.-Si no los hubiera,se podrá emitir un informe ad hoc en el que se detallen los beneficios que reportaría su pago a pesar de no cumplirse los requisitos señalados en el punto 1 de este artículo y se procederá a su desembolso igualmente.
Saludos.

#15

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

A ver...

Obligar a condicionar el reparto a la existencia de beneficios repartibles es obligar a no pagar en caso de que no existan beneficios...

Si tu me permites que yo haga un pago a un tercero, siempre que este tercero cumpla una condicion...

Es facil entender que si ese tercero no cumple la condición, yo no puedo hacer ese pago. Porque tu me has puesto una condicion para ese pago y esa condición no se ha cumplido.

#16

Re: Las preferentes prevén el prorrateo si el beneficio es insuficiente

Exacto...

pero yo creo que podemos sacar un artículo...

Independientemente de las normas del ordenamiento jurídico, si existen buenas razones, o simplemente razones que se puedan hacer pasar por buenas, se puede hacer exactamente lo contrario a lo marcado por el ordenamiento jurídico.

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