Hola,
La reinversión ha de ser sobre la letra original adjudicada o se puede reinvertir en otra letra, Bono o Obligaciones.
La reinversión es dejar de recibir el total del nominal al vencimiento de un producto (que coincide exactamente en la fecha con la emisión de un nuevo producto) a cambio de contratar el nuevo producto.
A dia de hoy la única posibilidad para el común de los mortales (olvida renvertir bonos, es casi imposible) es que le coincida el vencimiento de letras a cualquier plazo con la emisión de letras a 6 y 12 meses.
Lo digo por que en algunos casos la fecha entre la amortización y la nueva adjudicacion puede pasar 30 dias. Pongo un ejemplo. La próxima letra de marzo a 6 meses se amortiza el 08/09/2023 y la próxima hay resolución el 05/09/2023 por lo que no entraria, por lo que deberíamos ir a la próxima que és el 03/10/2023, si no estoy equivocado renovar esa letra tendrias el dinero sin retribuir casi 30 dias.
No es así, la fecha de vencimiento y emisión han de coincidir exactamente. Las letras a 3, 6, 9, y 12 meses que vencerán el 8/9/23 coincidirán con la emisión de letras a 6 y 12 meses del 5/9/23 (subasta el 5 emisión el 8). La reinversión (por la web) habrá que solicitarla como tarde a las 23 horas del 29/8/23. Entra en la subasta, es dinero que ya está en el BdE, lo nuevo se subasta un martes y lo viejo vence el viernes.