Juliap, la diferencia entre el IPF y las obligaciones es el fondo de garantía. La reconversión es un plazo fijo garantizado por este fondo, en cambio, las obligaciones no lo están. También en el caso de las obligaciones si la entidad presentase pérdidas suspendería el pago del cupón de intereses. Y por último en caso de quiebra de la entidad, las obligaciones y participaciones son los últimos "depósitos" en salvarse por decirlo de alguna manera.
En esta emisión de obligaciones han garantizado un 3,5% de interés cómo mínimo hasta el 2016. Es posible que en el mercado secundario coticen por encima del 100% y puedas recuperar antes de esos 4 años todo el nominal que tengas, pero claro, esto son suposiciones, no sabemos qué puede pasar. Lo único claro es que a nivel de tiempo, son 4 años igual que el ipf que proponen, porque en el 2016 tienen el vencimiento las obligaciones de esta emisión y te tendrán que devolver el 100% del nominal que tengas.
Por otro lado, aprovecho para comentaros que a partir de la semana que viene se van a establecer nuevos tipos de interés a la baja, es decir, ahora hay una serie de penalizaciones a las entidades que pagan más de lo establecido, pues estos tipos los van a revisar y va a ser a la baja (no creo que afecten a los plazos fijos que proponen en el canje de obligaciones pero habría que tenerlo en cuenta por si acaso).