Estimado Segurman,
Ninguna compañía de seguros estaba capacitada legalmente para impartir el Curso Superior de Seguros que con la Ley 9/1992 significaba recibir el Diploma de Mediador de Seguros Titulado, expedido por el Ministerio de Economía y Hacienda. Ese Diploma se obtenía, exclusivamente, en los cursos de formación organizados por el CECAS en los Colegios de Mediadores o accediendo a las pruebas libres que convocaba la DGSyFP.
Con la entrada en vigor de la Ley 26/2006 dicho Diploma quedó derogado. Ya no existe. Ha sido sustituido por tres Niveles ( A, B y C). Para ser agente de seguros, auxiliar asesor o un empleado en una agencia de seguros o de bancaseguros hay que disponer del Nivel B con CARACTER PREVIO AL INICIO DE LA ACTIVIDAD, por Ley. El nivel C es el que se exige a los auxiliares externos. Para corredor, correduría o agente vinculado se exige el nivel A que se puede conseguir hoy día en Colegios y Universidades: las compañías no pueden impartirlo, por Ley.
Por tanto es probable que, le llamen como le llamen tengas el nivel B. Por cierto, otro detalle curioso: todo esto que estoy comentando está en el temario del curso de nivel B según dice el BOE así que me preocupa el nivel de formación que te han dado en esa entidad.
Por cuanto a tu pregunta:
- la retribución dice la Ley que se rige por la Ley de Contrato de Agencia o por lo que las partes libremente pacten en contrato. Lo que te ha dicho el agente de Mapfre es una majadería pues no hay Ley alguna que diga que te tienen que pagar comisiones sí o sí a partir del primer año. De hecho tienen que hacerlo desde el primer día ¿por qué? Pues porque tu relación no es laboral sino mercantil. Si te vas a la inspección de trabajo ese sistema de remuneración les va a interesar mucho... También que no puedas organizar tu tiempo y que tengas objetivos porque eso es contrario a la Ley en materia de agencias.
- ten seguro que si te mueves no saldrás en la foto. Si intentas en un plan carrera salir de la órbita exclusiva de la entidad te irás pero sin nada. Si te lees la Ley 26/2006 (que también deberías haber hecho en el "curso superior" que citas pues es tema obligado por BOE) sabrías que el agente de seguros es un mero encargado de tratamiento de los datos de los clientes y pólizas, que le está prohibido tener una base de datos propia según dice la Ley Organica de Protección de Datos y que si te llevas un solo dato a otra aseguradora puedes acabar arruinado de por vida.
En fin, me sabe mal echar un jarro de agua fría pero es mejor siempre ser realista y partir de información de calidad por dura que sea. Si no estás bien donde estás cuanto antes salgas de ahí mejor.
Por último, una reseña histórica: jamás ha existido un "Título de Corredor" como algunos ignorantes dicen por ahí. Antes del Diploma de Mediador de Seguros Titulado (con el que podías ser agente titulado o corredor - no era posible un corredor sin título así que no añado "titulado" a la palabra corredor) existía el Diploma de Agentes y Agentes Libres". Así que si alguien te dice que tiene el título de corredor...es que ni sabe quien es ni lo ha estudiado.
Saludos.