El seguro representa transferir el riesgo o la mayor parte de él a un "socio" que asumirá las pérdidas. Consiste en un coste completamente presupuestable y, por ende, cargado de seguridad para la continuidad de la empresa. Cuando Crédito y Caución, CESCE u otras que actualmente operan en España en LPS te ofrecen clasificación para un determinado cliente, lo que tienen en cuenta es:
- su historico en cumplimientos de pago
- su volumen de compra a crédito Y NO SOLO CONTIGO, que es lo único que conoces (¿tienes idea de lo que debe Carrefour en un momento dado? y con ello no digo que no tengan capacidad de pago aunque ... limitada proveedor a proveedor)
- que si hay fallido ellos pierden.
En una empresa de informes comerciales te dan criterios, muchas veces basados en información caduca ( lo que pasó tras las últimas cuentas anuales es poco menos que desconocido) y no se comprometen a nada: tú asumes el riesgo.
Hay una nueva alternativa que es un seguro de Asistencia Jurídica de ARAG para la empresa que se puede pactar con las garantías que uno estime oportunas. Dicho contrato admite la suscripción de un contrato de prestación de servicios con ARAG SERVICIOS por el que dicha empresa toma a su cargo las gestiones de cobro de impagados amistosas tanto a empresas como a particulares (estos últimos se excluyen de los seguros de crédito y no hay información en las empresas de informes comerciales). Si el asunto debe pasar a judicial se ofrecen unas condiciones de coste por los servicios legales muy interesantes respecto de las de mercado. Es una alternativa válida y muy barata pero permanece el riesgo en el caso de que no exista patrimonio donde agarrarse.
Saludos,