Valor asegurado del continente en seguro de hogar
Hola a todos,
mirad que es difícil el interpretar y conocer todos los detalles de un seguro.
Hace seis años contraté un seguro del hogar con BBVA al hacer la hipoteca del mismo banco (por aquello de que bonifican las condiciones).
El seguro tiene:
* continente, 178.000€
* responsabilidad civil, 150.000€
El piso es de 70m2 construidos, y según he leído en el foro, la cantidad asegurada de continente es excesiva.
En la tasación que hizo en su momento Tinsa indica:
"• Valor a efectos de asegurar el Coste de Construcción a nuevo: 69.000€
Al no ser el solicitante propietario de la totalidad del inmueble para asegurar la pérdida de valor que se produciría en caso de destrucción total del mismo se ha calculado el valor siguiente:
-La diferencia entre el Valor de Mercado y el Valor del Suelo (El solar es lo único que quedaría del inmueble en caso de que se produjera un siniestro total del edificio. El propietario del inmueble tasado no podría plantearse su reconstrucción actuando como promotor al no ser propietario de la totalidad del solar).
• Valor a efectos de asegurar la pérdida de valor que se produciría en caso de destrucción total del inmueble: 170.000€"
Pero leo en la póliza de mi seguro que los que se asegura parece ser que es la construcción a nuevo:
"CAPÍTULO IV: CRITERIOS DE VALORACIÓN E INDEMNIZACIÓN
Valor del Continente: Coste para la Total Reconstrucción en Nuevo de todos
los edificios asegurados.
Valor del Contenido: Coste de la Reposición en Nuevo de todos los bienes
situados dentro de la vivienda asegurada.
A. LÍMITE DE INDEMNIZACIÓN: La “Suma Asegurada” representa el límite
máximo de la indemnización a pagar por NOSOTROS cada vez que se
produzca un hecho accidental cubierto.
B. DEROGACION PARCIAL DE LA REGLA PROPORCIONAL: NOSOTROS
renunciamos a la aplicación de la regla proporcional si USTED sigue los
criterios de valoración propuestos por NOSOTROS, y la suma asegurada, en el
momento anterior a la ocurrencia del riesgo cubierto, no sea inferior a 85% del
valor de reposición a nuevo del bien, salvo que esa diferencia sea directamente
imputable a los criterios de valoración propuestos por NOSOTROS. USTED
deberá actualizar la suma asegurada desde ese momento hasta el próximo
vencimiento del contrato."
Por ello he indicaco al empleado del BBVA que redujera el importe asegurado de 170.000 a 60.000, pues si solo cubre la reconstrucción a nuevo, y no la pérdida de valor, no tendría sentido un importe asegurado tan alto. El empleado me indica:
"He estado echando un vistazo al expediente, te envio en anexo copia inicial de certificado de tasación donde el perito indica que el valor del seguro obligatorio ha de ser al menos de 170.278 euros.
La ley hipotecaria obliga a tener el seguro con la cesión de derechos a favor de la entidad prestataria por como minimo ese importe que establece elt asador.
No te puedo bajar el seguro a los 60.000 e que indicas. Tienes el seguro minimo porque no tienes ni siguiera contenido. El valor recomendado que me indicas es el que establece con caracter generico la compañia para cualquier vivienda de esas caracteristicas y para que no se encuentre infraasegurada pero ahí no se tiene en cuenta el lugar concreto en el que se encuentra tu vivienda, no es lo mismo una vivienda en barcelona capital que en medio de los monegros. Para tu caso concreto elt asador establecio el importe indicado que es el minimo a asegurar."
No me convence mucho la respuesta, y me da la impresión de que si pasara algo me pagaría solo los 60.000€ (bueno, seguro que habría alguna cláusula por la que no tendría derecho a nada...)
¿Estáis de acuerdo con el empleado del BBVA?