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Valor asegurado del continente en seguro de hogar

20 respuestas
Valor asegurado del continente en seguro de hogar
Valor asegurado del continente en seguro de hogar
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#9

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

¡Gracias Assandreu!
Si por mí fuera, no tendría seguro. Pero va parejo a la hipoteca. Me bonifican el tipo de interés. (Tenía que estar prohibido que los bancos condicionasen unos productos con otros...).
El importe total no sé si es alto, 260€, porque solo incluye continente y responsabilidad civil.
Así que lo he de mantener.
Pero claro, si el importe asegurado es tres veces el que me reembolsarían...

Mucho anuncio y palmadas en la espalda, pero yo estoy empezando a tener miedo a los bancos...

#10

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

¿260 euros por un piso de 70m2 sin contenido? Para decirlo suavemente es un ostiazo contundente. Y encima vete tú a saber que capital te han puesto como RC.

Por otra parte yo aseguraría el importe del contenido por otro lugar con una aseguradora seria, va a ser poco dinero y lo vas a ganar en tranquilidad.

#11

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

El problema no es que tú no entiendas de seguros, él problema es que el que te los vende tampoco tiene ni idea.

Está mañana precisamente mantenía una conversación con un colega sobre lo mismo, realmente el que te vende el seguro del banco le han dicho que es así y punto, son instrucciones de arriba y no tiene ni pajolera idea de como funciona el seguro que te está endosando. Y da igual el rango, puede ser el director, el subdirector, el cajero...

Personalmente, a ese director le indicaría que por favor te mandara por escrito que cuando tú tengas un siniestro total en la vvda. la aseguradora indemnizará por el valor que aparece fijado como continente en la póliza que tienes contratada, que eso es parece lo que entiende él.

#12

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

Hola confiado

Cuánto te bonifican la hipoteca por tener el seguro de hogar? Muchas veces pensamos que nos compensa y no es así.
Mi consejo: pilla una calculadora de hipotecas(hay cientos en la web), calcula cuanto te sube la cuota sin la bonificación del seguro de hogar, pide presupuesto de un seguro bien hecho a un mediador (si el piso tiene menos de 10 años, debería estar sobre 150€ al año) y compara el ahorro de prima en el seguro más lo que desgravas más en la declaración de la renta por pagar más cuota de hipoteca con lo que te sube la cuota.

Si gana el ahorro, lo tienes claro. Si no es suficiente el ahorro más la desgravación, valora si la diferencia, que serán pocos euros al año, te merece la pena por tener un seguro mal hecho, mal asesorado y que no se van a mover si tienes algún problema.
Y de paso, dile al del banco que los ladrillos y el cemento cuestan lo mismo en los Monegros que en Barcelona porque si en los Monegros fueran muy baratos todos los constructores de Barcelona los comprarían allí. Que una vivienda esté en un sitio o en otro puede afectar en lo que haya que pagar por los permisos y licencias y algo, pero no demasiado, en la mano de obra. El resto es muy similar.

#13

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

¡Gracias Dagda y Kimdeal! Estoy sorprendido por la rapidez de las respuestas.

Gracias porque no sabía que 260€ por un piso de 70m2 y 6 años, solamente continente y 150.000€ de responsabilidad civil era mucho. Intentaré que me lo dejen en algo razonable, pero me temo que va a ser como darse cabezazos contra la pared...

La idea de Kimdeal no me parece mala, pero tengo aún mucha hipoteta y me bonifican un 0,15%, más que lo que me cuesta el seguro. Estoy atado de momento unos años.

Hoy he vuelto a escribir al banco. A ver qué me contestan.

#14

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

Cuando le explico que mi seguro solo me cubrirá los gastos de reparar el piso nuevo, esto es lo que me contesta:

.

"Buenas Fco. Javier,

Yo particularmente desconozco como ha de interpretarse una clausula, creo que hay tantas interpretaciones como personas. En la tasación no te indican que el seguro obligatorio tenga que ser de un importe de al menos 170.278 euros pero si indica que "valor del seguro" sea ese importe que corresponde con el valor de destrucción total del inmueble.

En la ley hipotecaria se dispone " que los biens hipotecados habran de estar asegurados contra daños por el valor de tasacion, en las condiciones que reglamentariamente se determinen "

En la escritura de constitución de hipoteca se indica "Mientras no esté totalmente reembolsado el prestamo, la parte prestataria queda obligada"..."Tener asegurado el inmueble delr iesgo de incendios y otros daños durante el presente contrato, al menos en las condiciones nimimas exigidas por la legislación vigente reguladora del mercado hipotecario, consintiendo el deudos al propio tiempo que pueda verificase dicho seguro a nombre del Banco por cuenta y riesgo de la parte prestataria, la cual hace desde ahora formal cesión al mismo Banco de las indemnizaciones que por el capital asegurado o por cualquier otro concepto deba satisfacer la compañia aseguradora, hasta el montante de los debitos dimanentes de este contrato por debitos vencidos y o pendientes de vencimiento, ante la que el banco podra practicar las gestiones necesarias.
El importe de estas indemnizaciones y de las que se percibieran por expropiacion forzosa podrá aplicarse, a voluntad del banco, al pago de los debitos dimanantes de este contrato, auqnue no estén vencidos. El banco podra cntratar el seguro de incendio y daños por cuenta del adquirente, y queda facultado para abonar ingualmente las primas que se deban al asegurador y cargarlas en cuenta a la parte prestataria".

El importe a segurar es el indicado por el tasador en su informe, el minimo de 170. 278 euros y la clasula que existe de cesión de derechos a favor de BBVA para el caso de que se produjera el siniestro es la indicada en la poliza al mencionar el numero de operación hipotecaria.

Saludos"

.

Tiene "narices" el primer párrafo. No hay forma de hacerles comprender que lo que se asegura es la reposición, no cualquier cantidad que figure en el seguro...

#15

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

Mira esto es lo que puso otro usuario en otro post en cuanto a lo que le contesto el banco:

Entonces porque en el Artículo 30 del Real Decreto 685/1982 dice:

Artículo 30. Seguros de daños.

1. Los bienes sobre los que se constituya la hipoteca deberán contar con un seguro contra daños adecuado a la naturaleza de los mismos, y EN EL QUE LA SUMA ASEGURADA COINCIDA CON EL VALOR DE LA TASACION DEL BIEN ASEGURADO excluidos los elementos no asegurables por naturaleza.

2. El tomador del seguro notificará al asegurador la existencia del crédito que grave el bien asegurado, y éste dará traslado de aquella notificación al acreedor.

3. En el caso de falta de pago de la prima por el tomador del seguro, el asegurador lo notificará al acreedor antes de que haya expirado el plazo de gracia del pago de la prima.

4. En caso de siniestro el tomador del seguro lo notificará al asegurador en los términos previstos en la póliza, y éste dará traslado de la notificación al acreedor.

Y esta fue mi respuesta:

1. Los bienes sobre los que se constituya la hipoteca deberán contar con un seguro contra daños adecuado a la naturaleza de los mismos, y en el que la suma asegurada coincida con el valor de tasación del bien asegurado EXCLUIDOS LOS ELEMENTOS NO ASEGURABLES POR NATURALEZA.

Según la DGS el suelo es un bien de naturaleza no asegurable. Por tanto, según el criterio de la DGS el suelo debe estar excluído.

Cada persona, como bien dice el director puede interpretar los reglamentos, cláusulas... como el considere oportuno, pero eso no significa que haya una interpretación válida, que es la legal.

Saludos

#16

Re: Valor asegurado del continente en seguro de hogar

Como te ha comentado el gran forero Dagda, los seguros de continente aseguran el valor de reconstrucción (materiales...). Hazle saber a tu Director que hasta el momento no has visto nunca reconstruir un suelo...

BASTA DE ENGAÑAR A ASEGURADOS DE BANCASEGUROS!!

Guía Básica