Re: ¿Rescatar un plan de ahorro antes de 1 año, penalización 100%?
Justamente por eso, por aclarar lo que se lee en los foros. En fin. Como te dije, tú métete en tus asuntos que nadie te ha pedido ayuda. Saludos,
Justamente por eso, por aclarar lo que se lee en los foros. En fin. Como te dije, tú métete en tus asuntos que nadie te ha pedido ayuda. Saludos,
Desde luego en los tuyos no, porque traes a todos los foreros locos.¿has visto algún forero que diga de que compañía es? Luego te pasa lo que te pasa, y lo encuentro normal, si dependieras de mi, ya verías como se te acababan los humos,
Pero no lo eres. Así que como te he dicho, si no quieres que te contesten, no insistas en seguir con la última palabra. Porque vamos, este hilo lleva cuatro páginas a que tú estás ahí dale que dale. Cualquier forero (y hasta yo) está hasta las pelotas. Dedícate a tus asuntos, folla más, y a mí déjame tranquilo. Adiós.
Vale jovencito, no me molestes más y dedícate a estudiar todo lo que puedas seguros, haz cursos, asiste a las reuniones de INESE etc y ya iras aprendiendo, mientras tanto, mejor mutis.
Sale recuerdos a Carlos Rubí
Normalmente en las condiciones particulares de este tipo de seguro, suelen enviar una tabla de reducción y rescate de en la póliza. Mira lo que tienes en el apartado de rescate y sabrás lo que pierdes, pues al tener esta tan sólo un año no creo que tengas beneficio por lo que no te aplicarán retención.
Debes de valorar el importe a desembolsar y lo que rescataras. Y/o mirar lo que dejaras de recibir si no ingresas el importe de los rcbs pendientes.
Me temo que es como un plan de jubilación y tiene la posibilidad de reducirlo y dejar de pagar,pero el dinero que ya ha invertido le sigue proporcionando los intereses pactados, y rescatar cuando no pierda tanto.
Los seguros de ahorro, no deben teber altas comisiones, porque lo penalizan mucho.
Efectivamente. Este tipo de seguro tiene un capitulo de Reducción y otro de rescate. Pero para hacer uso de alguon de ellos , por así decirlo. Debera de pasar una primera anualidad. Lee las condiciones de la pólia. Estas seguramente te ayudaran bastante a darte una pequña aclaración a lo que comentas.
Si eso es cierto. Si lo rescata durante el primer año pierde todo lo pagado. Si lo rescata antes de 5 años tiene penalización, cuantos más años pasen menos penalización tendrá. A partir del primer año lo puede rescatar con su correspondiente penalización.
Un saludo.