Esto es lo que yo comercializo como asistencia en viaje cuando hago un seguro de auto
Asistencia en Viaje
Objeto de la garantía
La Entidad Aseguradora organizará las prestaciones, abajo
relacionadas, siempre y cuando, en el transcurso de un viaje, ya
sea en el vehículo asegurado o en cualquier otro medio de
transporte ordinario, acontezcan los hechos que más adelante se
describen.
Condiciones de la asistencia
La asistencia consiste, siempre, en la puesta a disposición de los
medios materiales y ayuda personal que permita al Asegurado
superar las situaciones de emergencia que surjan en el
transcurso de su viaje, las cuales se detallan más adelante.
No se responde de los retrasos o incumplimientos debidos a
causas de fuerza mayor o a características especiales
administrativas o políticas de un país determinado.
Las garantías con origen en un viaje con el vehículo asegurado,
se prestan en caso de accidente, robo y/o avería en cualquier
tipo de vía siempre y cuando el acceso al lugar de siniestro, no
sea ningún riesgo a los medios de asistencia solicitados.
Las prestaciones de carácter médico y de transporte sanitario
deben efectuarse previo acuerdo del médico del centro
hospitalario que atiende al Asegurado con el Equipo Médico de
la Entidad Aseguradora.
La asistencia debe ser solicitada, por teléfono, a la Entidad
Aseguradora. Para ello, esta pone a disposición del Asegurado un
número de teléfono con atención, ininterrumpida, las 24 horas
del día y los 7 días de la semana y el Asegurado debe indicar:
· Nombre del Asegurado.
· Número de Póliza del Seguro de Automóviles.
· Lugar donde se encuentra.
· Número de teléfono.
· Tipo de asistencia que precisa.
La Entidad Aseguradora no reembolsará al Asegurado los gastos
incurridos cuando no haya solicitado previamente la asistencia
por teléfono, salvo casos en que por orden de la autoridad, y
justificado por escrito, en autopistas de peaje, accidentes con
lesiones, o cualquier causa justificada de esta naturaleza, no haya
sido posible solicitar ayuda a la Entidad Aseguradora
Ámbito geográfico de la cobertura
a) Respecto a prestaciones originadas por un viaje con el
vehículo asegurado:
Desde el Km. 0 y con cobertura en todos los países de Europa
y los ribereños del Mediterráneo.
La garantía de reparación "in situ" que se prestará sólo en
España.
b) Respecto a las prestaciones a las personas:
La prestación de Asistencia en Viaje tiene validez en todo el
mundo.
En España, tiene validez a partir de 25 km. de distancia desde
la residencia habitual del Asegurado, salvo en las Islas
Baleares y Canarias que serán validas a partir de 10 km. de
distancia.
Quién tiene condición de Asegurado
Además del titular de este seguro, se amplia la condición de
asegurado al cónyuge, ascendientes o descendientes en primer
grado que convivan con él y a su cargo.
En relación a las garantías relativas a las personas, los
Asegurados están amparados aun viajando separados o en
cualquier medio ordinario de locomoción.
También tendrán la condición de Asegurado los ocupantes a
título gratuito del vehículo asegurado, en caso de accidente o
avería del mismo.
En lo referente al vehículo asegurado se extiende la cobertura
del remolque o caravana que arrastre.
Validez
Para beneficiarse de las prestaciones garantizadas, el Asegurado
debe tener su domicilio y residir habitualmente en España, y no
exceder de 60 días por viaje o desplazamiento.
Prestaciones que tenga origen en un viaje con el vehiculo
asegurado
En caso de accidente, robo y /o avería y para todos los vehículos
además de incluir pinchazos, falta de aire en las ruedas y falta de
combustible, que impidan al vehículo circular por sus propios
medios, el Asegurador procederá a:
· Organizar la reparación definitiva "in situ"
Facilitar los medios necesarios para realizar una reparación etc etc etc...