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Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

6 respuestas
Siniestro de hurto de ropa de un colgador.
Siniestro de hurto de ropa de un colgador.
#1

Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

Buenas tardes.
Necesitaria me aclaraseis si el hurto de ropa de un colgador en una vivienda temporalestaria cubierto por el seguro.
La ropa estaba en el tendedero de la ventana de cocina, accediendo al lugar a traves del jardin y pistas de tenis de la comunidad. Me lo han rechazado porque dicen que el punto: 2.2 QUE RECOGE EL CONTENIDO ASEGURADO EN LA PÓLIZA
SUSCRITA, SE ESTABLECE QUE NO SON OBJETO DE COBERTURA, SEGÚN EL PUNTO
N) BIENES U OBJETOS DEPOSITADOS AL AIRE LIBRE, AÚN CUANDO SE HALLEN
PROTEGIDOS POR MATERIALES FLEXIBLES (LONAS, PLÁSTICOS, CONSTRUCCIONES
HINCHABLES O SIMILARES) O CONTENIDOS EN EL INTERIOR DE CONSTRUCCIONES
ABIERTAS.
no se si lo podría reclamar o me tengo que conformar.

La poliza contratada tiene asegurado el robo.

Os agradacería cualquier consejo.
Sampro

#2

Re: Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

Olvídate, tu póliza lo excluye claramente.

No obstante, es una cláusula habitual en todos los seguros de hogar.

#3

Re: Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

Generalmente en la definición de HURTO, al igual que la de robo, suele limitarse a:
... “sobre los bienes asegurados para contenido ... en el interior de la vivienda”
Como dice Polybius tu póliza lo excluye claramente y es lo habitual en estos casos.

#4

Re: Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

Pero lo excluye claramente, por lo que dice JOrnalo, no por lo que le han dicho a ella.
Esa exclusion es para riesgos extensivos (viento, lluvia, pedrisco y nieve), no para robo.

#5

Re: Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

#6

Re: Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

Efectivamente me lo excluyen por ser bien depositado al aire libre. Pero en el condicionado de la poliza, esta exclusion es tanto para robo, hurto, etc.. como bienes extensivos. Creo que abarca a todas las garantias.
En fin.
Os agradezco vuestras aclaraciones.

#7

Re: Siniestro de hurto de ropa de un colgador.

No me lo creo.

Dime cia, y condicionado y te diré si es correcta la exclusión.

P.D. no son bienes extensivos, sino riesgos extensivos.

Algún día explicaré que significa lo de extensivo.