Siniestro de hurto de ropa de un colgador.
Buenas tardes.
Necesitaria me aclaraseis si el hurto de ropa de un colgador en una vivienda temporalestaria cubierto por el seguro.
La ropa estaba en el tendedero de la ventana de cocina, accediendo al lugar a traves del jardin y pistas de tenis de la comunidad. Me lo han rechazado porque dicen que el punto: 2.2 QUE RECOGE EL CONTENIDO ASEGURADO EN LA PÓLIZA
SUSCRITA, SE ESTABLECE QUE NO SON OBJETO DE COBERTURA, SEGÚN EL PUNTO
N) BIENES U OBJETOS DEPOSITADOS AL AIRE LIBRE, AÚN CUANDO SE HALLEN
PROTEGIDOS POR MATERIALES FLEXIBLES (LONAS, PLÁSTICOS, CONSTRUCCIONES
HINCHABLES O SIMILARES) O CONTENIDOS EN EL INTERIOR DE CONSTRUCCIONES
ABIERTAS.
no se si lo podría reclamar o me tengo que conformar.
La poliza contratada tiene asegurado el robo.
Os agradacería cualquier consejo.
Sampro