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He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?

3 respuestas
He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?
He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?
#1

He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?

Felices Fiestas foreros, despues de varios años de lucha y esfuerzo he terminado de pagar mi hipoteca. En ella tengo un seguro de hogar que me está cobrando bastante todos los años y me falta todavía hasta Junio para que cumpla. Me tengo que esperar hasta esa fecha para cambiar de seguro o puedo cambiarme ahora, contando que me devuelvan el dinero de los meses que no esté con ellos?

#2

Re: He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?

tienes pagado hasta finalizar la anualidad, pues no te devolveran la parte proporcional de la anualidad. No te olvides de avisar con dos meses de antelación para no tener ningún tipo de problema a la hora de la anulación

#3

Re: He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?

Si te vence en Junio y quieres evitar problemas de avisos de cobro y demás, avisa a la aseguradora de que no deseas renovar el seguro, debes hacerlo con un mínimo de 2 meses de antelación al vencimiento del contrato, ya que los seguros, aunque normalmente se paguen mensualmente, son anuales, por lo que no puedes cancelarlo a la mitad y menos esperar que te devuelvan dinero.

No sé el tipo de acuerdo que tienes o tiene el banco con la aseguradora, pero también cabe la posibilidad de que al estar ligado el seguro a la hipoteca, este se pueda cancelar al vencimiento de la hipoteca, lo desconozco, pero podrías mirarlo también

Un saludo

#4

Re: He terminado pagar hipoteca, ¿puedo cambiar de compañía de seguros?

¿Cambiarte? Siempre has podido cambiarte. Tan sólo tenías obligación de hacer constar en la póliza una "cesión de derechos" a favor de la entidad financiera.

Ahora, una vez terminada, también lo puedes hacer pero recuerda, como te han dicho, que debes comunicarlo con 2 meses de antelación al vencimiento del seguro. Ojo, al vencimiento anual, no al de uno de los recibos si es que tienes fraccionado el pago.