Cuando aseguran un siniestro a sabiendas ya producido
la cuestión es que varias financieras y bancos le han hecho a mi mujer un seguro por incapacidad permanente absoluta y fallecimiento y desgraciadamente ella tiene una incapacidad perm.absl.siempre a sabiendas pues es el unico ingreso familiar,ahora que conozco un poco la ley 50/1980 creo que han incumplido el art 4 ,aparte de no hacerle entrega de las condiciones generales ni particulares.¿os parece legal?saludos