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Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

24 respuestas
Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?
Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?
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#9

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Por si alguien llega a leer este hilo con información insuficiente ...

Mi póliza de vivienda SI me cubre RC en una segunda vivienda vacacional e incluso si ocasiono desperfectos en una habitación de hotel, PERO eso no lo hacen todas las pólizas de hogar, ni mucho menos.

#10

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Contratando RC y Df Jca en una vivienda las tienes cubiertas sin venir específicamente contratadas en las otras viviendas siempre y cuando se contraten a nombre del mismo tomador y las viviendas no estén alquiladas.

La RC y df jca es personal, no va ligada a la vivienda que en concreto aparezca en contrato.

Saludos

PD: Para los que intentamos hablar con propiedad vamos a solicitar a Rankia unos tapones porq hay gente que se AVENTURA a decir sandeces y lo peor de todo es que haya gente que hasta les haga caso y todo, chirría.

#11

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Pues así será y sus cálculos habrán hecho. Pero que pagando prima de una RC inmobiliaria ya la tengas garantizada en otras pólizas, cuando es la garantía mas utilizada, se me hacía extraño. ¿No se tienen en cuenta el número de metros cuadrados, la antigüedad de las instalaciones o la edificación, etc?

#12

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Como mínimo falta una tercera condición: que contrates con la misma compañía esa segunda póliza.

Si no es así podría contratar con otra compañía EXCLUYENDO la RC/DF y luego pedirle a la primera que asuma los costes.

Si resultará que en la segunda "no hace falta" RC/DF porque, proporcionalmente, el coste no es muy significativo y la bonificación por tener un cliente con múltiples pólizas igual coincide con el coste de la RC/DF. Pero si son dos cías independientes a ver cuál te hace el seguro sin contar RC/DF.

Como me he dedicado este mes pasado a buscar seguros de vivienda he leído unas cuantas CCGG. Mi conclusión es que Atlantis (en algunas modalidades al menos), Nuez y RaccSeguros tienen unos redactados que, según mi opinión, desvirtúan tu afirmación. Mapfre y Reale sí dan a entender lo que tú afirmas.

Finalmente hay intervenciones desafortunadas, pero algunos aún creemos que los foros son abiertos por definición. Si alguien considera que es imprescindible exigir unos niveles mínimos de formación les recomiendo que se pasen por http://www.todoexpertos.com/ donde será más difícil que se produzca el intrusismo que al parecer tanto molesta.

Si en un tema que sigo leo tonterías inofensivas me suelo callar, cuando pueden ocasionar daños expongo mi experiencia personal si considero que puede aportar algo. Allá cada uno después con el crédito que dé a cada cual.

Recomendar que te leas las pólizas que contratas no creo que perjudique a nadie, incluso aunque esté confundido o desfasada mi información; afirmar que si ya tengo un seguro de RC y DF con mi casa estoy cubierto en cualquier otra vivienda es arriesgado, dudo que nadie (ni siquiera los que sois del gremio) conozca el 100% de las pólizas de todas las compañías.

Adjunto los textos en que me baso para mi afirmación. Igual no los he entendido bien y yo sí agradezco que quien más sepa me lo aclare.

NUEZ

III.2.11. DEFENSA JURÍDICA:
RECLAMACIÓN DE DAÑOS
•LD NUEZ se obliga, (...), a hacerse cargo de los gastos (...) siempre que se trate de daños causados a la vivienda o mobiliario por un tercero y con origen no contractual.

III.2.7. RESPONSABILIDAD CIVIL
(...) responsable civil por los daños ocasionados a terceros (...) siempre y cuando tales responsabilidades se deriven de los supuestos previstos en esta cobertura.
(...)

Artículo 147. Alcance
Si es usted:
1. Propietario de la vivienda con uso propio:
a) Vivienda: Responsabilidad Civil extracontractual por los daños y perjuicios ocasionados a terceras personas y que tengan como origen la vivienda asegurada o su uso.
b) Familiar: Responsabilidad Civil Familiar por los daños y perjuicios causados dentro o desde la vivienda a terceras personas por el Asegurado o los miembros de su familia en el ámbito de la vida familiar privada.
c) Mobiliario: Responsabilidad Civil extracontractual por los daños y perjuicios ocasionados a terceras personas y que tengan como origen el mobiliario asegurado o su uso.

RACC

ART.35.3 RC como propietario
“Asumimos las indemnizaciones por la RC (...) por el hecho de ostentar la propiedad del riesgo ubicado en la dirección indicada en las CCPP e imputables:
- A los edificios asegurados (...)

art. 35.4 Reclamaciones de vecinos y terceros
(...) asumimos las indemnizaciones por RC (...) resultante de un acontecimiento garantizado, sucedidos en la vivienda asegurada y de la que usted es popietario o inquilino.

Art. 35.6 RC en viajes y estancias
La garantía de Rc del cabeza de familia se extiende (...) en su calidad de inquilino u ocupante de un inmuble, con ocasión de un viaje o una estancia de una duración inferior a 3 meses.
Estas disposiciones no se aplican en ningún caso en sus residencias secundarias o segundas residencias

35.10 Defensa del asegurado
La obligaciones (...) de la garantía de defensa (...) no implican, de ninguna manera, (...) daños que no guarden relación con las coberturas de la garantía de RC que otorga el presente contrato.

35.13 Exclusiones
m) Los daños (...) que se produzcan en viviendas diferentes de las indicadas en las CCPP de las que usted u otras personas aseguradas sean propietarios, inquilinos u ocupantes por cualquier concepto, salvo (...) garantías de Viajes y estancias (...)

#13

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Joanbe: "...Si tengo dos vehículos, cada uno tiene su seguro con sus correspondientes coberturas; en las viviendas pasa igual. La defensa jurídica, salvo póliza independiente que estipulará lo que hayamos convenido, va ligada a la vivienda objeto del seguro."

Las pólizas que te has leído te habrán venido muy bien después del comentario pero de momento ya dices algo que no es al respecto de Mapfre, que es lo que pregunta el usuario inicial.

Preguntan por mapfre, no por Racc, ni Nuez etc... Por cierto, grandes coberturas.

Saludos

PD: Vale más un lápiz corto...

#14

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Anxao, no te preocupes, si tienes la Defensa jurídica contratada en una de las dos viviendas es suficiente. Como ya han comentado, la defensa jurídica en Mapfre no va ligada al inmueble, sinó a la persona que contrate la póliza, el tomador. Da el parte que tengas que dar, a través de la póliza en la cual tengas contratada la garantía, y no te preocupes que te será atendida sin mayor problema.
La responsabilidad civil, salvo casos de viviendas en alquiler que cada una tiene que tenerla contratada independientemente, también es para el tomador, no va ligada a la vivienda en si. Siempre y cuando las viviendas estén todas aseguradas en Mapfre, logicamente.

Saludos

#15

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Buenas tardes:
Me dirijo a usted para decirle que eso no es así, porque, son riesgos distintos al ser viviendas diferentes. Por lo tanto, la asistencia legal y jurídica es por póliza de cada vivienda.
Un afectuoso saludo.

#16

Re: Seguro de hogar dos viviendas una con defensa juridica y la otra no cubre las dos?

Manolo gomez ¿conoces las pólizas de Mapfre? ¿conoces su condicionado?:

"Estarán cubiertos los daños corporales o materiales causados a terceros, así como los perjuicios que para ellos se deriven de tales daños siempre que sean imputables al asegurado
a consecuencia de:
Su condición de persona privada y, en su caso, cabeza de Familia.
Por la propiedad o el uso de viviendas destinadas a residencia del mismo, aun cuando
fuera con carácter temporal."

En ningún lugar del condicionado pone que sea exclusivamente de la vivienda asegurada, salvo en casos de viviendas destinadas a alquiler, para las cuales hay que incluir la cláusula respectiva, con lo cual si que es necesario que tenga la Responsabilidad Civil cada una de dichas viviendas.

Saludos

Guía Básica