Cuando firmo una poliza, pongo de mi puño y letra en el condicionado de forma expresa, que me informen con dos meses de antelacion y por escrito el importe exacto del recibo en proximos vencimientos y que si no es asi, pueden dar por terminada mi relacion contractual con la compañia. Tambien al contratar una nueva poliza informo (por escrito) a la compañia que no deseo renovacion automatica y que me soliciten si estoy interesado con la continuacion de la misma cada año y a su correspondiente vencimiento. No se si esto lo comtempla el ¨no por que si...¨. Pero si recibo alguna demanda de la compañia X, por lo menos el Juez comprobara ¨mis ultimas voluntades¨. Por que no pagaria un duro, mientras el Sr. Juez me lo señalé.
Problamente tú tengas mucha razon, pero cuando yo tengo alguna duda acudo a los tribunales para que me lo señalen.
Intento sobrevivir, como puedo...!!!
No te molestes... Saludos!!!