Acrasol yo no estoy diciendo que haya o no haya responsabilidad en mi anterior intervención.
Estoy diciendo que un vecino (persona física) SÍ es tercero frente a la comunidad (persona jurídica).
Tanto tú como Emmanani estabais diciendo que no en vuestras anteriores intervenciones:
-Acrasol: "Pero si eres copropietaria, no existe RC. por lo tanto no esperes que te abonen nada".
-Emmanani: " Lo que te queremos decir Acrasol y yo es que no está tan claro que te corresponda indemnización alguna ya que la RC de la Comunidad cubre daños ocasionados a un "tercero" y tu, como "copropietaria" del edificio es más que probable que no tengas tal condición."
Ahora, hablando sobre la RC decir que solamente un juez puede decir si alguien es responsable de algo, nosotros solamente expresamos nuestra opinión.
Según el relato de los hechos "me cai, cuando subia con la escoba para barrer, no se si me tropece con la escoba o fallo mi pie, solo se, que medio centimetro, me separa de no haberme quedado en el sitio ,pues la sien ,ya sabemos como las gasta" mi parecer es que la comunidad no tiene responsabilidad alguna sobre las lesiones provocadas en esta vecina por el mero hecho de ser miembro de la comunidad.
Yo soy vecino de mi localidad, y por el mero hecho de que me caiga andando por la calle y me abra la cabeza no quiere decir que automáticamente el seguro de RC del ayuntamiento me pague una indemnización por mis lesiones, porque soy vecino de mi localidad.
La gente vincula LESIONES = INDEMNIZACION y muchas veces esto no es así.
Saludos