¿Actualizacion valor de los servicios en Santa Lucia?
Buenas noches.
A continuación expongo el caso ocurrido en una agencia de seguros de Santa Lucia a ver si entre todos me podeís sacar de dudas y ayudarme a tranquilizar a mis padres.
Empiezo diciendo que hasta este año pasado (mediados de octubre 2014) siempre nos llegaba casa una carta de santa Lucia con dos copias,una para aseguradora y otra para tomador que explicaba que por el aumento de los servicios implicados se proponía una actualización del precio de la prima del seguro de decesos y accidentes que había que firmarla y devolverla a la compañía en sobre con franqueo pagado por la compañía.Esto mis padres nunca lo han hecho,le leían y la dejaban en la carpeta del seguro.
Este año pasado, a mediados de octubre recibimos una carta con fecha en encabezamiento 1 de Noviembre donde se nos dice lo mismo que en las cartas de años anteriores, la subida de la prima por actualización de servicios pero con la salvedad de que no vienen dos copias del suplemento a la poliza sino que en su ultimo párrafo dice
"No obstante, y de conformidad con lo establecido en las condiciones generales de la póliza, le informamos de que puede optar por mantener sin variación las coberturas de su póliza. En ese caso, el limite máximo de la prestación a cargo de Santalucia será la suma asegurada para cada garantía, debiéndose Ud. de hacer cargo de la diferencia existente entre el valor del servicio contratado y el coste total del servicio prestado por la Compañía. En este caso, le rogamos que se dirija a su agencia habitual."
Con las mismas acompaño a mi padre a la agencia el dia 26 de Diciembre del 2014 y después de escuchar como el comercial nos decía por tercera vez que le dijéramos a mi madre que fuera ella con mi padre a la sucursal por que "estas cosas son muy importantes" le reitero que habíamos ido allí para "optar por mantener sin variación las coberturas de la poliza" y no querer que las primas trimestrales subieran desde los 155 euros a la nueva actualización 158,55.
Después de intentar buscar en su ordenador el documento y tras llamar a la central y decirnos que.... esta gente de la central vive muy bien pero que el es el asesor personal de nuestra cuenta y el que esta ayudando a los clientes como nosotros..... le dan las indicaciones oportunas para después de bucear un rato en su mar de pestañas de la intranet de la compañía nos saca por impresora una carta modelo con espacios en blanco para fecha,numero de póliza y cantidad en euros...que después de rellenar con los datos y dándose la casualidad de que aparece la valija de mensajería de la empresa y después de darnos la copia sellada y firmada por mi padre,le hace entrega al mensajero de la valija interna un sobre con nuestra petición.
El ultimo párrafo dice asi....
"...que no acepto la actualización del servicio contratado que me proponen,razon por la que seguire abonando la misma prima que hasta ahora y, en consecuencia, si se produce el fallecimiento de alguno de los asegurados de la poliza de la que soy tomador, el limite máximo a cargo de Santalucia S.A. compañía de seguros, será el valor del servicio que figura contratado en la poliza y que asciende a la cantidad de 4326 euros, siendo por mi cuenta la diferencia que exista entre ese valor y el precio del Servicio fúnebre realizado en el momento de producirse el fallecimiento.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo."
Le pregunto al comercial si el recibo girado al banco será por la cantidad de 155 euros diciéndome que no cree que sea asi que seguramente será por importe de 158,55 que los recibos son girados automáticamente por una computadora y que no se pueden modificar que lo que debemos hacer es echar para atrás el recibo y cuando nos llamen de la central decirles que hemos firmado la no actualización de los servicios......cosa que mi madre se niega totalmente ya que dice que tenemos tan mala suerte en esta vida que seguro que rechazamos el recibo y justo se produce una desgracia fatal.....preguntado al subdirector de la caja nos dice que no recomienda el rechazo del recibo ya que habría que volver a autorizar el cargo cuando se produjera y que podría pasársenos el tiempo y seria un rollo.....que mejor con el recibo cobrado nos dirigiéramos a la oficina de la aseguradora para el reintegro de la cantidad cobrada indebidamente.
Mi sorpresa viene ayer cuando recibo una llamada de la oficina de la compañía preguntando por el DNI del tomador del seguro y después de dárselo por tfno. me dice que es para el reintegro de la cantidad cobrada indebidamente...esos tres euros y pico de subida....hablando con mi padre me dice que firmo otro papel....que el que habíamos firmado le habían coemtado que no tenia validez y que tuvo que firmarlo ya que sino el reintegro estaba totalmente paralizado y que aunque solicito mi acompañamiento (uno de sus cinco hijos) para revisar el nuevo documento a firmar le dijeron que el vería, pero que estaba todo completamente paralizado y que se arriesgaba al no reintegro....con lo que ante su duda firmó sin esperar a que yo le acompañara y leyera ese nuevo documento....que en su ultimo párrafo dice asi....y es lo que nos tiene muy preocupados ya que pensamos que el ha firmado algo que puede ser muy perjudicial parar nosotros...
"Miércoles, 14 de Enero de 2015
Estimados Sres:
He recibido su carta de fecha 01 de enero de 2015, en la que me informan del aumento del precio del servicio que tengo contratado en la poliza del seguro combinado de decesos y accidentes num.........suscrita con ustedes. Les comunico que no acepto la actualización del valor del servicio contratado que me proponen, razon por la que seguire abonando la misma prima que hasta ahora,y en consecuencia,si se produce el fallecimiento de alguno de los asegurados de la poliza de la que soy tomador, la prestación garantizada quedará reducida al abono de las sumas aseguradas que figuren en la poliza el 31 de diciembre de 2014, y que asciende a 4326 euros, siendo por mi cuenta cualquier gasto adicional que se pudiera producir en la prestación del servicio.
Sin otro particular,reciban un cordial saludo.
Fdo.:"
decir que mi padre solo ha recibido la carta de mediados de octubre con fecha en encabezamiento 01 de Noviembre de 2014 con lo que esta de ...."he recibido su carta de fecha 01 de enero de 2015, en la que...." no sé porqué se hace referencia a una carta nunca recibida en esa fecha.
Después de este rollo de exposición por lo enrevesado y cansina de mi redacción gramatical quiero pediros AYUDA.
Mis preguntas son:
¿Por que la primera carta,firmada el 26 de diciembre y llevada a las oficinas centrales por valija de mensajería no tiene validez para la compañía?
¿Qué significa que en la segunda carta, a parte de tener el error de esa fecha que es incorrecta por no existir, dice...la prestación garantizada queda reducida al abono de las sumas....y en la primera habla de...el limite máximo a cargo de santalucia será el valor del servicio que figura contratado en la poliza?
¿Qué diferencia existe entre abono de las sumas y limite máximo a cargo de santalucia?
Deciros que esta poliza se firmo en Junio de 1967 y que mi padre tiene 87 años y mi madre tiene 80 osea se firmo cuando el tenia 40 años y mi madre 32 sin haber dejado de pagar ni un solo trimestre ninguna cantidad....ya que somos de esas familias que pasaríamos hambre pero nunca dejaríamos de pagar el recibo de los "muertos"
¿pensáis que hay mala fé por parte de alguien en esta segunda carta firmada y que pudiera tener consecuencias muy desagradables cuando se produzca el hecho desgraciado?
¿debemos hacer algo? ¿Qué hacemos?
Daros las gracias por vuestra paciencia y tiempo empleado en seguir el lio de esta madeja pero en casa estamos preocupados ya que pensamos que con la firma de la segunda carta mi padre ha sido medio embaucado para que cuando ocurra el fallecimiento nos den un dinero y tengamos que ser los herederos los que tengamos que hacer el papeleo y las gestiones necesarias para el sepelio.
PD.: ¿es correcto lo que me dijeron una vez que en Madrid los gastos reales son de unos 3000 euros y que al tener una poliza como en este caso de 4326 la compañía hace un reintegro de la diferencia?
Gracias por vuestra ayuda.Feliz fin de semana.
Juan Carlos