Renta vitalicia. Exención plusvalías mayores de 65 años si cobran como renta vitalicia
La nueva ley 26/2014 en su artículo 38 habla de "...las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, en las condiciones que reglamentariamente se determinen" pero no indica de "seguros"
¿alguien puede indicarme que normativa complementaria hay que mirar?
¿podría ser un particular el que otorgue esa renta vitalicia (por ejemplo un hijo que le compra la vivienda a su madre) o sólo las entidades financieras o de seguros?