Según establece el Decreto-Ley 2114/1968, la Ley 57/1968, así como la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, todas las personas físicas o jurídicas que promueven viviendas,trasteros vinculados y garajes, de Protección Oficial, a Precio Tasado, o de Renta Libre, deberán contratar una póliza de seguro de caución (se denomina de "AFIANZAMIENTO POR CANTIDADES ANTICIPADAS O RECIBIDAS A CUENTA") por la que se garantice a los compradores que las cantidades que éstos van a entregar a los Promotores, con anterioridad a la entrega de los bienes adquiridos, les serán devueltas en caso de no efectuarse la construcción de los mismos, o si esta construcción se realiza en plazos distintos del pactado en el contrato de compraventa.
Asimismo las cantidades anticipadas por los compradores de una promoción de viviendas deberán ser ingresadas por el promotor en una cuenta especial, con separación de cualquier otros fondos de los que el promotor sea titular para evitar "errores de bolsillo" y que las pelas destinadas a construir acaben pagando un Porsche Cayenne.
Dicho esto, TODOS LOS CONTRATOS DE CAUCIÓN son pólizas colectivas en las que se genera una clasificación inicial de riesgo, tal como ocurre con las pólizas de crédito. Entonces se asigna al empresario un límite de riesgo en función de su capacidad de pago. Insisto que el procedimiento es el mismo que en una cuenta de crédito. Hasta este momento el asegurador no ha cobrado ni un céntimo ni siquiera en gastos de clasificación. Nótese la diferencia con un banco: se moja, estudia, pero ni cobrará hasta que el producto se use. En una cuenta de crédito bancaria pagas desde el primer instante y aunque nunca tires de un céntimo pagarás comisiones. Para que luego se diga del seguro...
Cuando el Promotor va recibiendo dinero "tira de dicha cuenta" y el asegurador empieza a emitir certificados. Solo entonces el asegurador empieza a aceptar riesgo y solo entonces empieza a facturar primas. Por cada certificado el asegurador se obliga ante el comprador que ha entregado el dinero a cuenta. Si no hay certificado, obviamente, no hay compromiso.
¿Que puede ocurrir, de acuerdo con lo que comentas, Chanquete? Pues que el promotor sea un pájaro de mucho cuidado, enseñe "la póliza" a sus clientes que no saben de la misa nada y que el muy cuco ni siquiera se digne solicitar la emisión de los certificados al no declarar que está recibiendo fondos. Eso es un puro fraude tanto a la Legislación vigente puesto que está obligado como ante el comprador puesto que le engaña con algo que parece pero no es ni será. En este sentido se trata de un asunto a derimir por la vía penal donde también se fijarán las multas.
Pero quede claro que toda póliza de caución si se refiere a una construcción con multiples unidades registrales SIEMPRE será colectiva. El asegurador no hace una clasificación de riesgo y una póliza para el 1ºC y otra para el 1ºA; todo va a la misma y se hacen certificados individuales a cada comprador "consumiendo" saldo de la clasificación general cuyo riesgo ha sido concedido por el asegurador.
La DGS no es competente simplemente porque el seguro "no ha nacido". Es como si yo le digo a alguien "¿asegurarías mi coche?" y aquel me contesta "si; si quieres formalizarlo debes firmar esto y pagar tanto". Mientras no firmo ni pago el seguro no existe aunque el asegurador haya aceptado ese riesgo.
¿Capici?
Por cierto:
- es un seguro muy barato y es una estupidez recurrir a una treta tan asquerosa para los cuatro cuartos que uno puede ahorrarse.
- es un seguro que APENAS SE HACE, por lo que contradigo a Chanquete cuando indica que "Lo habitual es que el promotor de las viviendas realice un seguro colectivo ..." De habitual, nada. Pocos lo hacen y casi ningún cliente sabe que estan obligados los promotores así que ni reclaman.
Ahora que vivimos tiempos difíciles en la construcción, estoy seguro de que hay personas que leen estos foros que tienen cantidades anticipadas a promotores y no tienen seguro: ¡volad a exigirlos, porque si la constructora quiebra o la promotora se evapora es vital recuperar el dinero! Si no os lo dan, ¡denunciad!