La carta esa que dices es para la libre elección de abogado que tiene el como conductor del vehículo. Sin embargo, el resto de ocupantes como es tu caso a través del seguro de tu amigo si que tenéis derecho a que su compañía os haga la reclamación de los daños. En el fondo, tal y como te he comentado antes, ese "hacerte la reclamación" les interesa ya que serían ellos los primeros que tendrían que asumir la responsabilidad de su conductor.
En cuanto a tu abogada....tu amigo puede contratarla pero ojo.... si le pone un límite de 1.500 euros no quiere decir que se pueda gastar hasta esa cantidad. La abogada le tiene que cobrar de acuerdo a las tasas del colegio de abogados. Si le cobra más caro (aunque no llegue al límite de la carta) tu amigo tendrá que pagar la diferencia entre lo que dice el Colegio y lo que le ha cobrado la abogada..... y respecto a ti, te toca pagarla tu y reclamar el importe de la factura pero eso de que luego recobres el importe será decisión del juez....