Buenas tardes, te pego literalmente:
" Las primas pagadas en coberturas de Fallecimiento e Invalidez Permanente generan una DESGRAVACIÓN FISCAL, al poderse reducir en la Base Imponible del IRPF. Las prestaciones, de producirse, tributarán como rendimientos del trabajo. "
" Como Mutualidad de Previsión Social, nuestros seguros DE VIDA ofrecen una fiscalidad exclusiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35 /2006) para los Autónomos y Profesionales. "
Básicamente esa es la ventaja que comentaba anteriormente.
Saludos