Re: Daños en mi vehiculo por el incendio del coche aparcado detras.Linea Directa
Bueno, bueno, Muros... En mapfre se cubre la combustión sin llama de la instalación eléctrica del vehículo pero no los daños distintos a dicha instalación eléctrica.
Bueno, bueno, Muros... En mapfre se cubre la combustión sin llama de la instalación eléctrica del vehículo pero no los daños distintos a dicha instalación eléctrica.
Y también para Asesor..... Generali dice: El Asegurador cubre los daños materiales
sufridos por el vehículo asegurado como
consecuencia directa de:
a) Incendio, tanto de origen interno como
externo.
b) Explosión, tanto de origen interno como
externo.
c) Caída de rayo.
d) Cortocircuitos que provoquen la combustión
sin llama del sistema eléctrico.
En base a esto.... punto A cubre incendio y, por definición, incendio implica la existencia de llama. Si no hay llama, no hay incendio.
Punto D, combustión sin llama.... lo mismo que mapfre: sólo sistema eléctrico.
Ya puestos y como los colores son llamas rojas y blancas y no amarillas, hablemos de eso de daños por calor que decís, solo por aclarar, los daños por incendio son todos los daños producidos por un incendio por las llamas o por el calor sin existir llamas en el daño, todo son daños por incendio, los daños por calor son los producidos por focos de calor que no es incendio, como ejemplo, si esos daños que tiene en el parachoques fuesen producidos por que un cabrón enciende una estufa a toda mecha cerca del parachoques y los funde, esos son daños por calor y nunca serán daños por incendio, y su seguro de auto no los cubriría por la cobertura de incendio, aun siendo los mismo daños.
Por lo tanto en este caso los daños que tiene en el parachoques son por incendio, y serán de cobertura por su seguro si estos los tiene contratados, esto para que no se asuste nuestro consultante y no dude de su cobertura de incendio, y después que su seguro reclame a quien crea que deba reclamar.
Solo un inciso, el forero tiene el auto en LD que tiene unos límites y exclusiones, digamos, especiales.
Saludos
y porque llamais a un 902
No tan raros Asesor, en la gran mayoría de los seguros de autos que tiene Generali, no tienen contratada la Cobertura de R. C. por causas ajenas a la circulación.
Cielo, leíste antes de lo del ccs lo de e"es posible"?
Acaso no podría llegar a ser?
Conoces la causa del incendio.?
Pero si estoy de acuerdo en lo de que voy mayor, lo sabes bien aunque no lo sepas. 😘
Como ya te han puesto en una respuesta anterior, hay páginas que te localizan los fijos nacionales equivalentes de bastantes 902. Actualmente, parece que el equivalente de Línea Directa (902 321 321) es el 918 074 918.
Un saludo.
Pues "r que r"... artículo 45 de la Ley de Contrato de Seguro "Se considera incendio la combustión y el abrasamiento CON LLAMA, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.
¿Los daños en este vehículo se han producido por incendio (llama)? NO. Han sido por el calor (dicho y reconocido por el propio propietario del vehículo). Por tanto, en principio y en un sentido estricto de la norma, no hay cobertura.
¿Tiene que hacerse responsable el vehículo que originó el incendio? Sí, a través de su RC.
Si no metiésemos el matiz "de existencia de llama" ¿qué sentido tiene que tu Generali o mapfre incluyan prestación como la de combustión de instalación eléctrica? Sin ese matiz, estaría cubierto siempre en todas las compañías porque, según tú, están cubiertos "los daños producidos por un incendio por las llamas o por el calor sin existir llamas en el daño".
Que no, que lo que indicas en tu ultimo párrafo es lo correcto, existe un incendio, pues todos los daños que se produzcan por causa de ese incendio son daños dentro de la garantía de incendio.
Lo otro que indicas es precisamente para dar cobertura a esos circuitos, que por un calentamiento o por otra causa, sufren daños sin llama, en este caso si no existiera esta garantía dentro de la garantía de incendio no tendrían cobertura, como el ejemplo que te pongo, el cabrón de la estufa me jode el parachoques y me lo tengo que comer con patatas puesto que la garantía de incendio no da cobertura a ese echo al no extirtir incendio con llama.
No se si se me entiende.
Se quemo el motor del coche de detrás, con llamas y mi coche que estaba justo aparcado delante se derritió la parte de detrás.
Si claro, siempre me habían respondido bien en otros incidente que he tenido, pero ahora....
La causa del incendio es que la señora se empeño en arrancar el coche y el coche prefirió arder a arrancar...
Asesor, sigo sin darte la razón. ¿Por qué? Olvidate del incendio. Yo tengo un coche que presenta daños. ¿Motivo de los daños? Producidos por calor de una fuente externa (otro coche). MI cobertura de Incendio cubre los daños ocasionados en mi coche y dichos daños son por CALOR y no porque mi coche se haya incendiado. Tal y como dice Tere 123 "se derritió la parte de detrás".
Emmamani, estamos espesos, tus daños se producen por un incendio, no por una fuente de calor, que por incendio se cubren todos los daños que produce ese incendio, que el motivo no sea que se produce llama y si calor, eso no significa que no sea consecuencia del incendio.
La fuente de calor seria la estufa del cabrón, y no lo cubriría la cobertura de incendio.
Que no hombre, que no... que existe incendio en otro coche pero NO en el tuyo. El tuyo tiene daños producidos por el calor y no por LLAMA.
A ver si me explico, la cobertura de incendio "mira" lo que ha pasado a tu coche. Tu coche presenta daños, sí. ¿Cuál es la causa? la causa es que el calor de un incendio externo (pero el calor) ha ocasionado daños en mi vehículo. ¿garantiza la cobertura de incendio los daños producidos por el calor? NO. ¿se ha quemado mi coche? No. Tiene daños porque los plásticos se han derretido por calor.
Otra cuestión distinta sería si tuviese un Todo Riesgo. Ahí, sí están cubiertos los daños producidos por cualquier causa externa (cobertura de Daños Propios), pero en cobertura de Incendio, no.