Indemnizacion seguro de vida
Buenos días, mi pregunta es la siguiente,
sufrí un accidente de trafico el día 14/07/2014, después de muchas pruebas revisiones y demás, el 05/02/2016 el ICAM (SEG.SOCIAL) de Barcelona me reconoce una incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común, recurrí la sentencia para que fuese declarada como accidente no laboral, la cual fue denegada el 16/03/2016, el 05/04/2016 ponemos demanda en el Juzgado de lo Social de Barcelona, solicitando Incapacidad Absoluta y permanente, ademas del reconocimiento de accidente no laboral, este 28/04/2017 el juzgado de lo social me reconoce
una incapacidad permanente en grado de ABSOLUTA para todo trabajo derivada de accidente no laboral a efectos de 09/01/2016.
Hoy he ido a mi banco, La Caixa, a entregar la resolución del Juzgado y expongo lo siguiente que fue su contestación:
1º que el seguro no me va a cubrir las cantidades aseguradas porque solo es por INVALIDEZ ABSOLUTA Y PERMANENTE
2º por si eso no fuese bastante, eso me a dicho el director textualmente, estoy fuera de plazo de comunicación del siniestro del accidente, que es de un año, lo cual si tenia comunicación ya que el seguro de autos también era de la Caixa, que fue el 14/07/2014, a lo cual le digo que es imposible porque la sentencia es del 18/04/2017, ademas que aunque me la hubiese dado el ICAM (SEG.SOCIAL) seria a fecha de 05/02/2016, porque agotaron el plazo máximo de 18 meses para la primera resolución del ICAM (SEG.SOCIAL)
Mi pregunta es si aunque la póliza ponga lo de ESTA GARANTÍA SOLO TENDRÁ EFECTO SI TAL INVALIDEZ ABSOLUTA Y PERMANENTE SE PRODUJERA DENTRO DEL PLAZO MÁXIMO DE UN AÑO DESDE QUE SUCEDIÓ DICHO ACCIDENTE, y recoja la palabra INVALIDEZ en vez de INCAPACIDAD, no tengo derecho a percibir ninguna de los capitales asegurados?????
gracias por su atención, quedo a espera de su respuesta, un saludo
Juanjo