Correcto, por la desaparición del bien no se produce el fin de la póliza por desaparición del interés asegurable, ya que como tú mismo dices hay coberturas que siguen en vigor, legalmente esto es así, aunque como tu bien dices es poco importe, pero porque se van a quedar tu dinero si no tienen derecho a ello?, una póliza solo se anula si desaparece el interés asegurable, y si hay coberturas "adicionales" que en casi todas las pólizas las hay, en ese caso no debe anularse por más que no haya vehículo, ya que no solo se asegura el vehículo.
De hecho me he corregido a mi mismo, ya que al principio pensé como Asesormutua pero creo que lo correcto es lo que comentas tú, al menos esa es la conclusión a la que he llegado después de pensarlo,ya que el "riesgo asegurado" no es el vehículo solamente, es el vehículo y el conductor en algunas cosas, vamos que pienso como tú y creo que es lo tecnicamente correcto, otra cosa es lo que pase a la práctica, pero bueno la práctica no tiene porque estar bien no?.
El otro tema de primas no vencidas y devolución, para mí es un tema que tiene su discusión, pero ahí como no hay regulación expresa, en realidad es discutir por discutir, y me quedo con las dos opciones.
Saludos.