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Derecho a desistimiento en renta vitalicia - Renta vitalicia
Hoal a todos,
Mi madre ha contratado engañada una renta vitalicia en La Caixa. Está cerca de cumplir 70 años y por tanto por temas fiscales le hubiera interesado esperar un poco a cumplirlos y beneficiarse de las rebajas tributarias.
Rápidamente me dí cuenta del desatino y pedí immediatamente cancelar la renta y devolver el dinero al plan de pensiones de dónde vino.
Mi sorpresa es que en la Caixa me dicen que no se puede y que no hay derecho a desistimiento como en otros productos financieros al ser un seguro de vida.
Mi enfado es mayúsculo y estoy dándole vueltas a como deshacer el entuerto sin que mi madre sea perjudicada tributariamente.
Una idea sería rescatar parcialmente 8000 euros y ponerlos directamente en un plan de pensiones antes de fin de año y repetir la operación el próximo año.
Con esto la idea sería compensar la ganancia patrimonial de cobrar los 8000 euros con la exención de las contribuciones a planes de pensiones en el IRPF.
Tiene sentido esta idea? Si no es así, alguna otra idea de lo que se puede hacer?
Muchas gracias,
Joan
Mi madre ha contratado engañada una renta vitalicia en La Caixa. Está cerca de cumplir 70 años y por tanto por temas fiscales le hubiera interesado esperar un poco a cumplirlos y beneficiarse de las rebajas tributarias.
Rápidamente me dí cuenta del desatino y pedí immediatamente cancelar la renta y devolver el dinero al plan de pensiones de dónde vino.
Mi sorpresa es que en la Caixa me dicen que no se puede y que no hay derecho a desistimiento como en otros productos financieros al ser un seguro de vida.
Mi enfado es mayúsculo y estoy dándole vueltas a como deshacer el entuerto sin que mi madre sea perjudicada tributariamente.
Una idea sería rescatar parcialmente 8000 euros y ponerlos directamente en un plan de pensiones antes de fin de año y repetir la operación el próximo año.
Con esto la idea sería compensar la ganancia patrimonial de cobrar los 8000 euros con la exención de las contribuciones a planes de pensiones en el IRPF.
Tiene sentido esta idea? Si no es así, alguna otra idea de lo que se puede hacer?
Muchas gracias,
Joan