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RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

13 respuestas
RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia
RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia
#1

RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Hola:

Mi madre tiene 65 años y es dependiente. En 2014 alguien en su banco le "coloco" un Seguro de Renta Vitalicia en el SANTANDER (RAV 101 patrimonios). Cuando me entere me informe sobre el producto convenientemente y desde entonces he realizado un seguimientos del mismo con las limitaciones de mis conocimientos financieros y patrimoniales. Alguien me podría despejar las siguientes dudas de las condiciones particulares de la poliza, en el caso de tener que rescatar el producto y cuando hacerlo (Tengo claro que lo va a necesitar en un futuro, pero de momento obtiene una buena rentabilidad y solo pretendo estar alerta en el caso de que sea conveniente su rescate):

Datos:

Bono del estado español 6% vencimiento (31/01/2029) ISIN ES0000011868 Precio de adquisición en % nominal a 18-06-14: 130.94 %.

1) Consultar día a día y de forma actualizada el valor del bono: para ello utilizo en boletín electrónico de liquidación de deuda pública y renta fija privada ( http://www.bmemarketdata.es/esp/Fin-Dia-Historica/Boletin-de-Operaciones-de-Deuda-Publica ).

Es lo correcto, o alguna otra web que permita comprobar dia a dia dicho valor ???

Con el Coronavirus la prima de riesgo a subido y el bono ha bajado de forma brusca en estos días. Me preocupa evidentemente esto con el fin de rescatarlo.

2) Las condiciones particulares de la poliza indican que alcanzada la fecha de vencimiento de la inversión vinculada (entiendo que es esta: 31/01/2029), para el cálculo del valor de Rescate se utilizará el precio del Bono del Estado Español de referencia a 10 años o su equivalente en caso de imposibilidad de usar dicho Bono, según se detalla a continuación y con el límite de la provisión matemática:

Valor de Rescate = Provisión matemática x [ A (Precio del Bono de referencia a 10 años en la fecha de rescate) / B (Precio el Bono de referencia a 10 años en la fecha de vencimiento de la inversión vinculada inicialmente)]

Alguien me ayuda a interpretar esto:

Si se hace coincidir la fecha de rescate con el vencimiento es decir (31/01/2029) según lo q yo interpreto el Valor de Rescate = Provisión matematica x (A/B);
El valor de A en esa fecha sería igual a B, es decir 1. Por lo tanto siempre sería igual a la Provisión Matemática ????????

Y al mismo tiempo dice:

Con posterioridad a la fecha de vencimiento del Bono de referencia a 10 años, el valor de rescate será igual a la Provisión Matemática.

A alguién le apetece sacarme de dudas.

Gracias.

Un saludo.




#2

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

¿y si te acercas a la sucursal del Santander? Ellos te sacarán de dudas
#3

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Ya lo he echo, la contratación del producto fue hace años y el agente sabe dios donde esta en la actualidad. Solo me dicen que es un buen producto (un producto bueno para ellos, si baja pierde el cliente, pero ellos no corren ningún riesgo) con una rentabilidad que hoy en día no existe. Lo único que me ofrecen es el cálculo del rescate en la fecha a la que acudo a la oficina. ¿Pq no existe una forma de comprobarlo día a día en la web del Santander o cq otro sitio. Gracias por la respuesta en cualquier caso.
#4

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

La provisión matemática es un valor de difícil cálculo ya que es un prorrateo, distribución proporcional de distintos valores/partes. Suele utilizarse en productos bancarios a x años de vencimiento. En las sucursales no se explica que tipo de productos son, simplemente se indica que son "buenos productos" (una manera de vender bajo mi punto de vista muy chabacana). Si dispones del producto a su fecha de vencimiento según indicas, A será igual a B, es decir, tendrá coeficiente 1 lo cual será el mayor al que el producto pueda llegar.

Si en algo más pudiese ayudarte lo haré con gusto.

Un saludo
#5

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Israel, sobra la firma. Estamos para ayudar pero no nos vendamos (o al menos hacerlo por privado)

#6

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Simplemente indico que trabajo de ello Jordi. 

Un saludo
#7

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia


Lógicamente en la fecha de vencimiento natural del producto el valor de rescate es igual a la provisión matemática porque es la que reserva la compañía para el pago de compromisos futuros. Y posteriormente a ese vencimiento sigue siendo la misma puesto que lo que te han garantizado pagar también coincide, no te genera mas rendimiento aunque no rescates inmediatamente. Date cuenta que están garantizando el pago del capital con el bono que expira en esa fecha y desaparece.

La compañía sabe que con la compra del bono garantiza sus compromisos contigo y saca un rendimiento quedándose parte del dinero que percibe por los cupones. Si se produce un rescate anticipado se paga un importe acorde con el valor que tenga el bono en el mercado secundario en ese momento, de ahí el factor de corrección que se introduce a la reserva matemática dividiendo el valor actual por el valor futuro garantizado.

Dices que el bono ha bajado ¿de precio o de rendimiento? Evolucionan a la inversa.



#8

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Muchas gracias por vuestras respuestas, especialmente a Patocles por ofrecer tanto detalle en su respuesta.

El rendimiento del bono español a 10 años por lo que vengo observando en los mercados estas últimas semanas a consecuencia del Coronavirus ha subido (al subir la prima de riesgo), por lo que me ha parecido entender, en estas circunstancias, el estado español se financia, pagando mas intereses, por eso el rendimiento del bono sube. Esto a mi entender hace que el precio de venta de dicho bono en el mercado secundario baje. De ahí me preocupación....en el caso de proceder al Rescate anticipado, si el precio del bono baja por debajo del valor que tenía cuando mi madre contrato la renta (es decir si A es menor que B) es cuando se comenzarían a producir pérdidas en el caso de rescate anticipado.

Por otro lado, mi consulta iba en referencia a la fecha de vencimiento (31/01/2029). En el caso de no llevar a cabo el rescate y si el bono sigue bajando mucho. Una forma de no perder, es rescatar dicha renta a partir de la fecha de vencimiento, puesto que el valor de rescate como creo haber entendido siempre será igual a la provisión matemática (y dicho valor aparece en la póliza y para aquella fecha sería de mas de 99000; La prima inicial fue de 100000) Por lo tanto de esta forma, se recuperaría la prima inicial y las rentas mensuales cobradas durante estos años. Soy consciente que habría que devolver los incentivos fiscales de los que gozan las rentas vitalicias y por los cuáles no se ha tributado. Pero esto me asegura que a fecha de vencimiento se podrá recuperar prácticamente todo lo invertido de inicio y durante todos estos años se ha obtenido una rentabilidad.

Repito la pregunta: este es el valor que tiene dicho bono día a día de forma actualizada  http://www.bmemarketdata.es/esp/Fin-Dia-Historica/Boletin-de-Operaciones-de-Deuda-Publica 

Gracias.


#9

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia


Respecto del primer párrafo es correcto lo que dices menos una cosa sin mayor importancia (de tiquismiquis), no es que el bono suba por la prima de riesgo sino al contrario. Lo que casi coloquialmente conocemos como "prima de riesgo" es la diferencia entre el rendimiento del bono alemán, que se considera el mas fuerte, y el resto de bonos europeos. Si el rendimiento exigido al bono español ha subido por las actuales circunstancias lo habrá hecho mas que el del alemán, de ahí que suba la prima de riesgo.

En febrero de 2029 tu contrato ha finalizado y el bono se ha amortizado. La compañía te tiene que pagar lo que hayáis firmado (pongamos un 99% del capital o prima única) y ya te ha pagado las rentas temporales. Aunque no solicites el rescate inmediato tu percibirás en su momento la cantidad pactada porque el bono ya no existe, la compañía ha percibido el importe invertido y pone a tu disposición lo que garantizó, ni mas ni menos.

Sobre el tema fiscal no acabo de comprenderte. ¿Qué no has tributado? Porque ésto no es una renta vitalicia, sino temporal.

El valor del bono lo puedes consultar también aquí:   http://www.bmerf.es/esp/aspx/Comun/FichaEmision.aspx?r=SEND&t=PUB&i=ES0000011868 


#10

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Hola de nuevo, igual no me he explicado bien.

Si, es un seguro de Renta Vitalicia, por el que mi madre percibe todos los meses desde el momento de la contratación hasta su fallecimiento una renta bruta de 176 euros al mes (De esos 176 aproximadamente 9-10 euros se los retienen como rendimientos de capital mobiliario; por eso digo que al ser una renta vitalicia tiene unos incentivos fiscales respecto a tipo de retención que se aplica de forma genérica a los rendimientos de capital mobiliario). Por lo tanto en el caso de proceder al Rescate anticipado habría que tributar por los rendimientos de capital mobiliario por los que se dejo de tributar en su momento, por lo que yo tengo entendido.

Cambia entonces lo de rescatar dicha renta a fecha de vencimiento al ser una renta vitalicia, o sigue siendo como me has indicado.

Gracias.

Un saludo.
#11

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

#12

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Voy a intentar ayudar, empezaré por explicar el funcionamiento de este tipo de productos sin gastar muchas líneas, más que nada para no aburrir. 
Este producto se monta con un activo  vinculado (matching de activos) normalmente un bono de deuda soberano. Los cupones que dan el bono se utilizan para el pago de la renta con una rentabilidad. La diferencia entre el cupón del bono y el tipo de interés que se da al Asegurado es el margen de la entidad.
Las entidades se protegen en caso de rescate con esa fórmula de rescate (de momento no voy a entrar a explicar).
De forma muy simple, si en el momento de vender el activo los tipos de mercados están por debajo del tipo de interés del bono, significa implícitamente que este vale más que al inicio de su emisión o que está en plusvalías. Si los tipos de mercado están por encima implícitamente el activo tiene minusvalías.
Ahora es cuando viene las dichosas fórmulas, donde en general todas las entidades se querían proteger de las minusvalía, de tal forma que si el activo se encuentra en esta situación y quieres rescatar ellos venden el activo y te dan su valor, las pérdidas las asumes tú y si el activo tiene plusvalías ellos se quedan con las plusvalías (a veces he visto compartir ganancias pero de forma testimonial).

En tú caso en concreto de lo que has expuesto parece que no se puede rescatar hasta el 2029, me parece raro pero no veo que calculo hay que realizar en caso de solicitar el rescate ante de esa fecha.
Indicas lo siguiente:  Las condiciones particulares de la póliza indican que alcanzada la fecha de vencimiento de la inversión vinculada (entiendo que es esta: 31/01/2029), para el cálculo del valor de Rescate .............
¿pero antes cual es el calculo? 

Otro tema, quizás más importante es el tema de la fiscalidad. Te hablo desde la experiencia de haber montado este tipo de productos durante muchos años, son excelentes productos que salvo por extrema necesidad no vendería (rescatar), el palo fiscal es de órdago. Son productos que no están pensado para su rescate, siento decirlo son hasta el fallecimiento. Se vendieron mal porque a la pregunta ¿se puede rescatar?, la respuesta es si, pero nadie te dice que hay que pasar por Hacienda.



#13

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Gracias Hester por tus aportaciones.

La Renta Vitalicia que le "colocaron" a mi madre en 2014, es un Seguro de Renta Vitalicia de Santander Seguros. El producto se estructura en base a dos operaciones de seguros:

- parte de la prima total pagada se destina a un seguro de vida entera que asegura el capital establecido en la poliza en caso de fallecimiento del asegurado 101000 €.
- el resto de la prima pagada se destina a un seguro de rentas en virtud de la cuál la Aseguradora pagará una renta mensual (174,51 € mensuales) hasta su fallecimiento. La retención a aplicar es de 9,28 €. De aquí el gran incentivo fiscal que tiene este producto.

El benefeciario en este caso soy yo que soy su hijo.

La poliza permite el Rescate total a partir del 2º año y dicho cálculo viene determinado en las condiciones particulares de la misma:

Valor de Rescate = Provisión Matemática x [A (Precio de la inversión vinculada en la fecha de rescate) / B (Precio de la inversión vinculada en la fecha de contratación) ]

En todo caso no podrá superar el valor de la Provisión Matemática.

Inversión vinculada: bono estado español 6% a vencimiento 31/01/2029 ISIN: ES0000011868

Precio de adquisición (% sobre nominal) a 18-06-2014 = 130,94 %

Para calcular el rescate en un momento dado, habría que obtener el Precio de la inversión vinculada a fecha de rescate, esto lo tengo claro (Ejemplo 27/03/2020 = 148,46) Es decir mientras A mayor o igual que B. Valor de rescate = Provisión matemática.

En cuanto a la fecha de vencimiento: las condiciones particulares de la poliza indican que alcanzada la fecha de vencimiento de la inversión vinculada (entiendo que es esta: 31/01/2029), para el cálculo del valor de Rescate se utilizará el precio del Bono del Estado Español de referencia a 10 años o su equivalente en caso de imposibilidad de usar dicho Bono, según se detalla a continuación y con el límite de la provisión matemática:

Valor de Rescate = Provisión matemática x [ A (Precio del Bono de referencia a 10 años en la fecha de rescate) / B (Precio el Bono de referencia a 10 años en la fecha de vencimiento de la inversión vinculada inicialmente)]

Lo que preguntaba es lo siguiente, que ocurre con le Valor de Rescate a fecha de vencimiento de la inversión vinculada (31/01/2029). Según pone en la poliza en las condiciones y como algunos de vosotros creo entender que me ha afirmado: es que a fecha de vencimiento A = B. Por lo tanto, el valor de rescate es el valor de la Provisión Matemática (y dicho valor siempre va a ser superior al 99 % de la prima, viene indicado en las condiciones particulares).

Soy consciente de que es un producto para mantener hasta el fallecimiento y que no convendría rescatarlo. Pero mi madre no conocía las características del producto, es una persona dependiente y posiblemente es un dinero del que tenga que echar mano antes de su fallecimiento.  Durante estos años le ha aportado un "ingreso extra" y por este motivo mi propósito es hacer un seguimiento del mismo, observar como va evolucionando el rendimiento de dicho bono para en el caso de que suba (es decir el precio del bono de la inversión vinculada baje mucho) proceder a su rescate y si sigue bajando la posibilidad de esperar a fecha de vencimiento 31/01/29 para su rescate teniendo en cuenta que a es fecha aproximadamente habrá obtenido una rentas brutas de 30000 y recuperaría según he interpretado como valor de rescate, el valor de la provisión matemática (que sería aprox en esa fecha de 98700). Por supuesto teniendo en cuenta que afectará negativamente desde un punto de vista fiscal.

Muchas gracias.

Un saludo.
#14

Re: RA101RentaVitaliciaSantander - Valor de rescate - Condiciones particulares - Renta vitalicia

Como comentaba en mi post anterior como el activo esta en plusvalías en caso de rescates limitan el mismo a la provisión matemática, así que las plusvalías se las quedarán ellos. 
El calculo de la provisión matemática es un calculo actuarial, en este seguro la provisión esta formado por dos partes: i)  la correspondiente a la renta y sería la probabilidad de esta con vida en cada fecha de pago de renta por la renta a pagar en esa fecha actualizada al tipo técnico de la póliza, ii) la parte del capital sería en cada fecha de pago de la renta la probabilidad de fallecimiento por el capital de fallecimiento. En resumen y a grosso modo debería estar cercano a los 101.000€ pero nunca estará por encima.
A partir del 2029 al estar vencido el bono lo que hace es considerar como valor A el bono a 10 años en la fecha de rescate y como B el bono a 10 años en la fecha que había en 2014. Al no existir el bono vinculado por estar amortizado, se sustituye la referencia por el bono a 10 años que había en la firma del contrato. En resumen, el comportamiento será igual. El bono a 10 años valdrá más (habrá plusvalías) si el tipo a 10 años en el 2029 (o cualquier fecha de rescate) está por debajo del tipo a 10 años del 2014, y si está por encima habrá minusvalías.
Saludos,