Buenas tardes.
Centrándonos en la garantía principal (sepelio) 20 días si es por enfermedad. Si es por accidente, efectivamente, sin carencia. La carencia se puede eliminar presentando documentación si procedes de otra entidad. Otras garantías como las asistenciales o bajo promoción pueden incluir otras diferentes.
En las primas únicas no hay carencia.
Al menos en las que yo conozco y con las que trabajo, que son unas cuantas.
Saludos,