Hola buenas tardes,
Pero vamos a ver. Si dices que tienes la IAP declarada por el INSS y tienes un seguro que indemniza con 100.000€ esa circunstancia, ¿qué haces que no los has reclamado ya?
Dices que es un temporal renovable de vida y la IAP es por enfermedad. Perfecto, está contemplada! Dale ya.
Las únicas trabas que vas a encontrar en el camino es que te pedirán documentación por un tubo para comprobar si la causa que origina la ulterior IAP es anterior a la contratación del seguro, cuando digo es anterior me gustaría refiero a que esté diagnosticada con anterioridad. Salvando este tema, que no es poco, tienes 100.000 pavos limpios de polvo y paja que, por cierto, creo que al final ser procedentes de una indemnización de seguro están libres de impuestos en una parte o en la totalidad, este punto no lo tengo 100x100 claro y no tengo ganas de mirarlo en Google.
Ánimo y espero que la causa de la IAP, que será grave, sea de lo menos grave posible. Saludos