La franquicia o no depende de lo que el cliente haya contratado,a no ser que vaya por módulos y tal, la mayoría de seguros de IT es el cliente quién elige si quiere o no franquicia.
En cuanto a si está cubierta o no esa contingencia, depende exclusivamente de lo que ponga en el condicionado general o particular del seguro, ya que no todas las bajas de la ss están cubiertas, están cubiertas aquellas que vengan recogidas por el contrato y cada compañía tiene exclusiones diferentes, así pues vamos al contrato y se lee en exclusiones, si en exclusiones no está y le han dado la baja entonces si tiene cobertura.
Ejemplo de bajas que no están cubiertas por algunas ( o todas) las compañías que hacen IT?, pues por ejemplo las bajas por depresión o stress, la baja por maternidad (te suelen pagar X días fijos pero nunca los 4 meses de baja), las algias genéricas sin causa concreta, por ejemplo baja por dolor de cabeza o baja por dolor de espalda sin dar más motivos.
No digo que todas las compañías excluyan eso, pero si digo que hay compañías que lo hacen independientemente de que haya baja por la ss, eso es un requisito indispensable, el otro que no estén excluidas en la póliza contratada.
En resumen, es imposible contestar esa pregunta sin tener el condicionado general y particular de ese cliente.
Saludos.