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Seguro Comercio

10 respuestas
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#1

Seguro Comercio

Buenas tardes a todos,
Mi consulta es la siguiente:
Tengo un bar en el que estoy como inquilino. El dueño del bar, me ha obligado en contrato a asegurar el continente por el valor total.
Mi corredor de seguros me ha hecho un seguro de la totalidad del continente y de la totalidad del contenido.
Yo consto como tomador y asegurado; Y en póliza consta que soy inquilino.
Mi corredor está ahora de vacaciones y no puedo hacerle la consulta, por lo que me permito hacerosla a vosotros.
Mi duda es la siguiente: Si p.ej. ocurriese un incendio en el bar por mi culpa, supongo que el seguro se haría cargo, ya que tengo contratada la garantía de incendios, pero...¿Podría repercutirme a mi el pago del siniestro? o como soy yo el que contrata la póliza no podría.
¿Sería mejor que constara yo en póliza como tomador, asegurado y PROPIETARIO?

#2

Re: Seguro Comercio

Si se ocasiona un incendio en tu negocio, salvo que haya sido provocado por tí INTENCIONADAMENTE, puedes estar tranquilo.

El seguro está precisamente para eso. Si yo en mi casa me dejo una sartén al fuego y me despisto hablando por telefono (es un mero ejemplo) y se provoca un incendio que acaba arrasando mi vivienda, el seguro dará la cobertura que tengo contratado por incendio y punto.

Otra cosa es que se me incendie mi casa porque es el vecino el que tenía la sartén al fuego y se le olvidó y el incendio de su vivienda se propagó a la mia. Mi seguro me paga igualmente y luego se apaña en recobrar al causante.

Saludos

#3

Re: Seguro Comercio

En primer lugar, gracias por tu rápida respuesta.
Pero mi duda no es si el seguro se hace cargo, mi duda es si luego puede pasarme a mi la factura de los gastos.
Hace poco leí en este foro que el propietario de una vivienda tenía el seguro en allianz y su inquilina tuvo un incendio y allianz reparó pero le pasó la factura a ella.
Ese es mi temor.
Mi corredor me indicó que la forma correcta era que el propietario asegurara el local y yo el continente a primer riesgo con una RC locativa y el contenido, pero...como el propietario no está por la labor, este es el seguro que me he visto obligado a contratar.

#4

Re: Seguro Comercio

Buenas tardes:

Inicialmente y sin conocer las condiciones particulares del contrato entiendo correcta la actuacion de tu corredor, particularmente y salvo que no lo indique ya pondria una clausula de beneficiario a favor del propietario relativo al continente. Con respecto a la posible reclamacion a posteriori de los daños causados (siempre que los mismos sean subitos/imprevistos y no realizados por ti de forma intencionada)la misma NO se produciria.

Un saludo

www.sofise.es

#5

Re: Seguro Comercio

Coincido plenamente con Sofise y apunto lo siguiente:
- cesión de derechos del continente a favor del propietario.
- te aseguras de que tu póliza, en Responsabilidad Civil, tenga incorporada la "locativa" que es alternativa a la "inmobiliaria".
- tu compañía no te podrá recobrar y, en caso de que pretendiera hacerlo entre otras cosas la RC locativa lo cubriría.
- el abogado del propietario merece un cero en conducta: aconsejándole que seas tú quien suscribe el seguro del continente acaba de dejar a su cliente sin RCivil inmobiliaria cuando por el 1907 es responsable del daño que cause a terceros por falta de mantenimiento. Imagina que sufres un incendio y el orígen es el cuadro eléctrico del local que es preexistente (es decir, del propietario) y eso afecta al contenido que tienes asegurado. Tu compañía pagará los daños pero luego podrá recobrar del propietario en concepto de responsabilidad civil inmobiliaria. Del mismo modo si cae una placa del techo y cae sobre un cliente la responsabilidad es del propietario, no del inquilino. Fijate qué putada por ahorrarse la miseria que vale un seguro de incendios más RCivil...
- por último, si has realizado alguna mejora o reforma debe constar por separado en tu póliza como continente incorporado u obras de reforma; ese capital nunca debe ser integrado en el valor total del local puesto que no debe cobrarlo el dueño sino tú. Si no se especifica ¡todo para el dueño!

Saludos,

#6

Re: Seguro Comercio

Nuevamente gracias a ti y a Sofise.

1º)Si en póliza consto yo como inquilino, ¿Sería necesaria la clausula de cesion de derechos o por el contrario ya se sobreentiende que el continente lo cobrará el dueño, al no ser yo el propietario?

2º) Me comentas que asegure mis obras de reforma, ¿Se puede incluir en la misma póliza el valor total del continente por un lado y obras de rforma por otro?

3º)Las RC que tengo en póliza son: Inmobiliaria, actividad, patronal y productos.
¿Debería cambiar la Inmobiliaria por la Locativa o con la inmobiliaria estaría todo cubierto?
Si el dueño me obliga a tener el local asgurado, ¿Debería cubrir el seguro también la RC inmobiliaria o solo tengo obligación de tener la locativa?

*Nota: Por si os sirve, estoy asegurado en Allianz (comercio) desde el mes pasado.

Gracias de antemano

#7

Re: Seguro Comercio

Hola, contestando:
1- si, hay que incluir la cláusula pues el seguro exige que exista un interés en el riesgo asegurado. En el seguro no se sobreentiende nada o es peligroso relajarse y dejar cabos sueltos.
2- Desde luego. Y Allianz tiene un campo adrede para eso.
3- la RC inmobiliaria es la que deriva del art 1907 del Código Civil y solo afecta al propietario. Por tanto es inadecuada para un inquilino. Por el contrario el inquilino es el candidato ideal de la Locativa.
4- No puedes cubrir simultaneamente la locativa y la inmobiliaria. El propietario debería tener SU seguro. Tu solo debes tener la locativa.

Saludos,

#8

Re: Seguro Comercio

Gracias por vuestro tiempo.
En cuanto vuelva de vacaciones mi corredor, le comentaré los cambios a efectuar.

Saludos