Yo he descargado de internet las condiciones generales del producto de hogar y pone lo siguiente.
Artículo 18.
Daños por agua Esta cobertura comprende las siguientes garantías, las cuales pueden ser contratadas de forma individual o conjunta. Consulte en sus Condiciones Particulares cuál de ellas tiene contratadas.
18.1. DAÑOS POR AGUA: FUGAS Y ROTURA DE GRIFOSY/O LLAVES DE PASO Y DEPÓSITOS FIJOS
Quedan garantizados los bienes asegurados hasta el límite del 100 % del capital del Continente y/o Contenido, según corresponda, por los daños materiales y directos causados por la acción del agua, debida a: - Cuando se asegure el Continente, se garantizan los gastos de búsqueda y reparación de las averías que hayan ocasionado los daños, siempre y cuando se trate de conducciones fijas y privativas de la vivienda asegurada y formen parte del Continente. - Derrame accidental e imprevisto como consecuencia de: • Rotura o desajustes de grifos y llaves de paso. • Rebosamiento de depósitos fijos situados en el interior de la vivienda. • Atasco o rotura de tuberías privativas y conducciones de agua fría y caliente, y de bajadas de aguas residuales situadas en el interior de vivienda. • Goteras procedentes de viviendas contiguas o superiores, a excepción de las que tengan su origen en los riesgos cubiertos por el art. 17. • Congelación de tuberías privativas. • Los gastos necesarios de desatasco en las instalaciones fijas privativas causantes de los daños, hasta el límite de 200 € por desatasco.
18.2. DAÑOS PORAGUA: OMISIÓN CIERRE GRIFOSY/O LLAVES DE PASO
Quedan garantizados los bienes asegurados hasta el límite del 100 % del capital del Continente y/o Contenido, según corresponda, por los daños materiales y directos causados por la acción del agua, debida a la omisión de cierre de grifos y/o llaves de paso.
Exclusiones para todas las garantías de AGUA
: - Los daños que sean debidos a falta de reparación o de mantenimiento, a la corrosión o vicio propio de la instalación,o a negligencia grave del Asegurado. - Los daños debidos a heladas u omisión de cierre de grifos en periodos en los que no se habite la vivienda superiores a 96 horas. Condiciones Generales 21 - Los daños procedentes de depósitos móviles, así como de tuberías que se encuentren en patios, jardines o situadas en el exterior de la vivienda. - Los gastos de localización,reparación de averías o desatascos que no produzcan daños indemnizables por esta garantía. - Los daños producidos en el propio grifo, depósito fijo o llave de paso. - Los daños ocasionados por la acción paulatina del agua. - La localización y reparación de la avería procedente de piscinas, pozos, sumideros o fosas sépticas.
No aparece en las exclusiones pero tampoco en las coberturas. Entiendo que el rechazo sera correcto por no figurar en las causas