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Póliza de seguro de vida, condiciones generales y especiales sin firmar por el tomador

2 respuestas
Póliza de seguro de vida, condiciones generales y especiales sin firmar por el tomador
Póliza de seguro de vida, condiciones generales y especiales sin firmar por el tomador
#1

Póliza de seguro de vida, condiciones generales y especiales sin firmar por el tomador

La “Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.” dispone en su “Artículo 93” lo siguiente: “Salvo pacto en contrario, el riesgo de suicidio del asegurado quedará cubierto a partir del transcurso de un año del momento de la conclusión del contrato. A estos efectos se entiende por suicidio la muerte causada consciente y voluntariamente por el propio asegurado.”

El caso es el que sigue: mi padre se suicidó el 19 de diciembre de 2008, lo hizo por amor. Para librar a mi madre de una deuda hipotecaria.

El motivo de esta misiva es que he leído en este hilo de rankia.com el siguiente post de Avante:

https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/312396-seguro-vida

“Por cierto ¿esta persona firmó la póliza en TODAS sus hojas? Me refiero a las condiciones particulares, generales y especiales de la póliza.
Porque en caso de que no las hubiera firmado TODAS no estaría aceptando expresamente el contenido de las cláusulas de exclusión, limitativas y delimitativas por lo que no habría aceptado expresamente esa exclusión concreta y no le sería aplicable. De eso hay jurisprudencia a punta pala.
Como indicas que ni siquiera le propusieron el cuestionario es más que probable que los inútiles (en seguros) que le atendieron no se preocuparan de ese detalle. Muchas veces en banca solo hacen firmar una hojita de papel reciclado y punto pelota pero lo importante no es firmar solo eso...
Es un punto importante, muy importante así que consúltalo con el abogado.”
Fin de post.
Efectivamente la póliza del seguro sólo está firmada por mi padre en la primera hoja, el resto unas ocho páginas, están sin firmar, incluida la página donde excluye el riesgo del suicidio.

Mi padre no leyó, ni firmó ni aceptó las condiciones generales y especiales de la póliza. Sólo firma la primera página, las condiciones particulares. Siendo así, ¿hay posibilidad de reclamación a la aseguradora o el artículo 93 de la citada ley juega en nuestra contra?

¿Podrían referirme algunos ejemplos de esa jurisprudencia?

Muchísimas gracias por la atención.

#2

Re: Póliza de seguro de vida, condiciones generales y especiales sin firmar por el tomador

Se dice que uno de los principios de un contrato de seguros es el de "adhesión", es decir el contrato ya esta redatactado por el asegurador, cuando este se celebra, el asegurado "se adhiere" es decir "acepta" las condiciones, para ello solo basta que firme las condiciones particulares, que son las que individualizan el contrato de seguros. Espero te sirva... Suerte..

#3

Re: Póliza de seguro de vida, condiciones generales y especiales sin firmar por el tomador

en el leonino contrato que se firma en la FNAC para ordenadores o telefonos o lo que sea, se firma solo la primera página, pero cuando se coge la lupa lo que se ha firmado dice algo así como que el tomador ha leido y comprende tanto las condiciones generales como las particulares...no se pillan los dedos. Desde luego solo está firmada la primera pagina y no las siguientes, pero ahí ya estas pillado.