Re: No quieren pagar seguro de vida por incapacidad permanente
Al final hay que rascarse el bolsillo y coger un abogado.
Al final hay que rascarse el bolsillo y coger un abogado.
Yo pensaba que la invalidez total es la que incapacit para la profesion habitual, no sabia que fuera distinta la cobertura de una invalidez profesional de la de una invalidez total.
Otra cosa distinta es la absoluta, la parcial, la gran invalidez.
Al final siempre es lo mismo, te tratan de choricear, pero la gente no se gasta en abogados aun cuando pueden revalorizar sus intereses.
Estoy dándome de alta en esta página y no puedo evitar comentar algo al respecto de este asunto que no se si por su antigüedad ya fue resuelto. Si no se ha resuelto habría que considerar lo siguiente : 1.-tener una copia de la caratula y condiciones de la póliza (ahí nos damos cuenta que cubre y como)
2.-contar con el diagnóstico oficial de la invalidez (expedido por alguna insituación de salud o un médico con las facultades legales para ello), en este documento por su fecha de expedición nos podemos dar cuenta de la procredencia o no del pago del siniestro . Creo que conocien do estas 2 cosas podríamos ver la posibilidad de que se pague, insisto si no es que ya se resolvió. ...saludos
No sé si este tema está resuelto. Pero bueno, ahí va mi aportación. Sin ánimo a defender a la aseguradora, pero lo cierto es que sobre la cuestión de las "preexistencias" muchas personas no están bien informadas, lo que marca que exista no es que esté o no esté diagnosticada, sino que realmente existiera o no, en el momento de la contratación de la póliza. Se aplica algo un tanto malévolo como esla teoría del hombre prudente que viene a decir, que la aseguradora queda eximida de pagar si una persona prudente, ante los síntomas que presentaba hubiera ido al médico a examinarse, y por tanto le hubieran diagnosticado la enfermedad con anterioridad a la celebración del contrato de seguro. Si ésta persona no acudió al médico ante esos síntomas y por tanto no fué diagnosticada es responsabilidad del asegurado.
En tu caso concreto creo que es de vital importancia la causa de la declaración de incapacidad, ya que si es debido a los problemas de visión, veo más difícil que la compañía se pueda rehusar a pagar. En cambio si es debido al lupus, es posible que si que exista dicha preexistencia y por lo tanto quede liberada del pago.
Un saludo
Si leemos detenidamente la poliza...no nos enteramos de casi nada.