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Depositos Bancarios - Subsidio
Creo que lo que voy a preguntar es muy obvio pero muchas veces es mejor asegurarse.
Entiendo que la Cancelación de un deposito bancario no es una renta en si misma y que por tanto no hay que notificarla al SEPE. En cambio si hay que contabilizar, como renta obtenida, los intereses bancarios que se pudieran originar. ¿Esto es así?