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CONVENIO - Subsidio +52

8 respuestas
CONVENIO - Subsidio +52
CONVENIO - Subsidio +52
#1

CONVENIO - Subsidio +52

Buenos días, en breve voy a solicitar el subsidio para más de 52 años por agotamiento de prestación. Quiero suscribir el convenio especial para este colectivo y tengo la duda de cuando solicitarlo (a la TGSS), si a la vez que el subsidio (al SEPE )  o una vez te lo hayan confirmado (que puede demorarse mucho) pues si te lo deniegan entiendo que sería otro convenio el que habría que suscribir. Gracias y saludos,
#2

Re: CONVENIO - Subsidio +52

Actualmente puede demorarse tanto o más el convenio especial que el subsidio, si partes de esa premisa y esperas a... puede ser que te quedes meses con una cotización inferior a la que quieres porque se te pasen plazos 
El convenio especial se puede modificar o dar de baja en cualquier momento, así que pídelo cuando quieras empezar a tener esa cotización y por el importe que tengas que poner en ese momento según tu situación. Si después hay cualquier cambio como que te concedan el subsidio, lo modificas

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: CONVENIO - Subsidio +52

Gracias por contestar franjgr. No sé si te entiendo bien. Mi idea es complementar la base que cotizará por mí el SEPE para la jubilación (125% tope mínimo de cotización) es decir, cotizar por la diferencia a mi base actual para no ver mermada la pensión de jubilación que se producirá en 4 años. Para ese fin veo  el Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años.  Si lo solicito ahora no podría solicitar ese convenio y cotizar no por la diferencia sino por la base completa (lo veo difícil)  y en caso de que me lo dieran (que espero que sí) se duplicarían cotizaciones, no?   Qué lío!
#4

Re: CONVENIO - Subsidio +52

El convenio especial no es sólo para los que cobran el subsidio de mayores de 52 años, por lo tanto lo puedes pedir aunque no lo estés cobrando y modificar cuando empieces a cobrarlo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: CONVENIO - Subsidio +52

Hasta la concesión del subsidio para mayores de 52 años puedes solicitar el Convenio Especial normal. Tienes 90 días desde el fin de la prestación para hacer la solicitud con carácter retroactivo.

Una vez te concedan el subsidio, con el justificante vas y solicitas el cambio a convenio especial para trabajadores mayores de 52 años. Te cancelan el anterior y te crean el nuevo.

Recuerda que durante el mes de espera no existe cotización a no ser que suscribas el convenio especial.

#6

Re: CONVENIO - Subsidio +52

Muchas gracias Cedro. Creo que entiendo lo que dices. Pero mi intención es cotizar por la diferencia hasta mi base actual y dado que el SEPE lo hace con carácter retroactivo también, creo que estaría cotizando lo mío +lo del SEPE. No sé si me explico bien. Tampoco creas que entiendo muy bien cómo tengo que hacer el cálculo del convenio. La teoría la tengo pero el formulario de autocálculo solo indica las bases de cotización a incluir para calcular el promedio,  no importe por el que quiera cotizar para calcular la cuota. Alguna indicación al respecto? Gracias de nuevo y un saludo
#7

Re: CONVENIO - Subsidio +52

El importe máximo por el que quieras cotizar será en función de tu base los últimos 12 meses.

Te pongo un ejemplo de cálculo de cuota del año 2019, deberás modificar la base por la que tú quieras cotizar y el valor del Salario mínimo interprofesional que sirve de base para la cuota del Sepe.
 
Año 2019:  Base de cotización: 2.000 euros. 
SMI: 900 euros     Tope mínimo de cotización: 1.050 euros.  (900*14/12=1.050)
Base SEPE: 1.050,00 *125% = 1.312,50 euros. 
Cuota convenio: 2.000 * 28,30% * 0,94 = 532,04 euros. 

Cuota SEPE: 1.312,50 * 28,30% * 0,80 = 297,15 euros. 
Cuota a pagar Convenio Especial:  532,04 – 297,15 = 234,89 euros.

Como te indicaba si no quieres perder la cotización del mes de espera, deberás suscribir el Convenio especial con fecha inicial cuando terminas la prestación, pagando ese mes la cuota completa, y cuando te concedan el subsidio y a la TGSS y solicitar el cambio a Convenio Especial para trabajadores mayores de 52 años. A partir de ese momento el SEPE pagaría su parte (297,15 euros en  2019) y tú la tuya.
#8

Re: CONVENIO - Subsidio +52

Gracias,  me estás ayudando mucho, esta tarde lo veo despacio. Me quedan 4 años para la jubilación y quiero averiguar si merece la pena el retorno (entorno a las cifras que manejas en tu ejemplo). De momento, el lunes voy a pedir el subsidio. Tengo el certificado digital así que espero no sea muy complicado, de momento me surge la duda de qué poner en el apartado 3) Declaración de Rentas en cómputo mensual de la persona solicitante y de.. cuando dice que se incluyen las rentas obtenidas al mes anterior a la solicitud. En mi caso no hay más rentas que las mías. Mi prestación acabó el 10/12, en enero he cobrado esos 10 días. Evidentemente en diciembre cobré el mes completo de noviembre. Dudas: Tengo que poner lo que he cobrado del paro durante todo el año en computo mensual? Lo que cobré en diciembre?  lo que cobré en enero? o lo que he cobrado en el mes del 10 de diciembre al 10 de enero, es decir, 0,00€? No sé si estoy obcecada y no lo veo claro yo porque no lo veo planteado por aquí. Bueno, en esas ando. Muchas gracias de nuevo por tu tiempo. Un saludo
#9

Re: CONVENIO - Subsidio +52

Para el subsidio sólo se tienen en cuenta otras rentas que se tengan, nos las provenientes de la prestación que se ha terminado.
Por lo tanto se tendrían que declarar otras rentas que hubiera en el mes anterior a la solicitud

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos