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Venta de piso para comprar otro. Extinción subsidio 52 años.
Buenas tardes: Quisiera hacer una consulta en este foro, porque sinceramente estoy bastante preocupado por temor a perder el subsidio de 52 años en relación a una venta de un piso de mi propiedad del cual soy titular al 100 %.
Agradeciendo de antemano vuestra ayuda os expongo mí caso: Resulta que estoy en la duda si vender o no un piso de mi propiedad (puesto que es un tercero sin ascensor y la edad obviamente no perdona), pues tengo el temor debido a mi desconocimiento por si me pudiera derivar en perjuicios o complicaciones dando lugar a perder el mencionado subsidio.
Bien; el piso de mi propiedad estuvo casi siempre alquilado hasta hace cuestión de un año y medio aproximadamente, momento en el que cuando se rescindió el contrato de alquiler y se marcharon los inquilinos decidí por motivos personales de habitarlo siendo hoy día mi residencia y me encuentro empadronado.
Entonces me asaltan muchas dudas al respecto puesto que: Aunque llevo empadronado y residiendo en el piso aproximadamente mas de un año, desconozco si para el SEPE tiene la consideración de vivienda habitual y también si igual se rige dicho Organismo por los mismos parámetros que la Agencia Tributaria, la cual creo que para que tenga una vivienda dicha consideración tienes que residir en la misma tres años mínimos consecutivos.
Por otra parte ese piso considero que se ha revalorizado muchísimo; primero por la ubicación céntrica de Ciudad y segundo por hacer más de veinte años que lo compré, por lo que estimo que aunque el valor catastral sea muy bajo, en el supuesto caso de una venta va a generar una plus valía o incremento patrimonial importantes dando lugar no solo a la suspensión del subsidio un solo mes, sino al aplicarle posteriormente el 3 % del valor real del dinero a todo el precio de la venta pues continuará suspendido hasta llegar a los doce meses consecutivos y obviamente creo que derivará en la extinción del subsidio. Por tanto y desconociendo que beneficios me puede aportar tener la consideración de vivienda habitual o quizás no (caso que sea considerado dicho piso como tal por el sepe), estoy en la incertidumbre de que hacer.
Por lo que me gustaría que me asesoréis al respecto si vender o no vender aplazando la venta y residiendo hasta alcanzar los tres años o si por el contrario puedo venderlo sin llegar a agotar el plazo máximo de 12 meses que derivaría en la extinción del subsidio. Pues mi idea dada las limitaciones del piso se trataba de vender para luego en menos de un año (evitando así la extinción del subsidio) comprar otra vivienda con otras prestaciones mejores empleando prácticamente todo el dinero de la venta en la compra del nuevo piso y a la vez tramitando todo (padrón etc) para residir en la vivienda declarándola como mi vivienda habitual.
Porque me asalta la duda de que si en el supuesto caso de una nueva adquisición o compra de vivienda ¿tiene la consideración de vivienda habitual desde ese preciso momento? Puesto que si no es así y para tener la consideración de vivienda habitual ¿tendría que esperar un año desde su adquisición como establece creo la Agencia Tributaria? Pue en caso de ser así y el SEPE establezca la valoración de la vivienda por el valor catastral 3 % no superaría las rentas; pero en el caso de que lo estime por el valor de real de mercado y deba esperar un año desde su adquisición o compraventa para que el nuevo piso tenga la consideración de vivienda habitual y no aplicarle valor alguno, pues tristemente extinguiría el subsidio por pasar doce meses superando las rentas.
Os agradecería amigos que me arrojarais un poco de luz, pidiendo disculpas si bien me he extendido demasiado, pues me encuentro en un mar de dudas e incertidumbres si vender y comprar o bien permanecer tal cual resignándome a las limitaciones de la vivienda.