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Duda días "vacaciones/viaje" - Subsidio
Buenos días
Recurro de nuevo a este foro para como siempre mis dudas emergentes en este nuestro tema tan importante y lleno de cuestiones como los aspectos legales de este subsidio ya que cualquier detalle fuera de nuestra idea nos puede hacer cometer un error que efectivamente se puede pagar caro.
En una consulta presencial en el SEPE pregunté sobre los 15 días que puedes viajar, les comenté que viajaría 21 días al extranjero ya que era un viaje largo por cuestiones familiares y que por ello me paralizarían el subsidio esos 21 días ya que sobrepasan los 15 días lo cual me dice que sí, entonces le pregunté que paralizando el subsidio 21 días me dejan sin cotizar ni abonar 21 días pero que si son 15 días no me lo paralizan entonces cómo es posible que no descuenten esos 15 días que tengo derecho de cobrar y cotizar en los 21 días de mi viaje lo cual me dijo que no era así y no pude hacer que me lo explicara bien.
Mi deducción es, a no ser que no caiga en algo, que no es equitativo, porque si yo por ejemplo tomo mis 15 días donde solo tengo que notificarlo, nada cambia y después en otro viaje tomo aparte 7 días entonces solo me dejaran esos 7 días sin cobrar o cotizar pero si por el contrario tomo mis 21 días de golpe parece ser que directamente no solo se come mis 15 días de "vacaciones" sino que se suman a los que no van a cotizar ni cobrarse.
Si esto fuera así es un despropósito, entonces en caso de tener que salir al extranjero dos veces al año lo que haría menos daño sería siempre tomar los 15 días pertinentes de salida de viaje antes de tomar otro viaje con cifra mayor ya que si al revés no te descuentan los 15 días de derecho que tienes y esto es bastante creo yo injusto.
Si tengo 15 días anuales y uso 21 días en un solo viaje deberían simplemente paralizar el pago y la cotización 7 días, no 21.
Las personas que viajamos anualmente( no por vacaciones, sino que tenemos familia española en el extranjero) con esto perderíamos más días de lo que debiéramos de cotización para la jubilación y puede afectarnos en el cómputo final a cobrar en la jubilación ya nos están quitando esos 15 días de derecho que tenemos anuales.
Perdonad si no me he explicado bien y suena lioso, espero podáis entender el mensaje y tener una respuesta certera.
Gracias de antemano, gran foro!
Recurro de nuevo a este foro para como siempre mis dudas emergentes en este nuestro tema tan importante y lleno de cuestiones como los aspectos legales de este subsidio ya que cualquier detalle fuera de nuestra idea nos puede hacer cometer un error que efectivamente se puede pagar caro.
En una consulta presencial en el SEPE pregunté sobre los 15 días que puedes viajar, les comenté que viajaría 21 días al extranjero ya que era un viaje largo por cuestiones familiares y que por ello me paralizarían el subsidio esos 21 días ya que sobrepasan los 15 días lo cual me dice que sí, entonces le pregunté que paralizando el subsidio 21 días me dejan sin cotizar ni abonar 21 días pero que si son 15 días no me lo paralizan entonces cómo es posible que no descuenten esos 15 días que tengo derecho de cobrar y cotizar en los 21 días de mi viaje lo cual me dijo que no era así y no pude hacer que me lo explicara bien.
Mi deducción es, a no ser que no caiga en algo, que no es equitativo, porque si yo por ejemplo tomo mis 15 días donde solo tengo que notificarlo, nada cambia y después en otro viaje tomo aparte 7 días entonces solo me dejaran esos 7 días sin cobrar o cotizar pero si por el contrario tomo mis 21 días de golpe parece ser que directamente no solo se come mis 15 días de "vacaciones" sino que se suman a los que no van a cotizar ni cobrarse.
Si esto fuera así es un despropósito, entonces en caso de tener que salir al extranjero dos veces al año lo que haría menos daño sería siempre tomar los 15 días pertinentes de salida de viaje antes de tomar otro viaje con cifra mayor ya que si al revés no te descuentan los 15 días de derecho que tienes y esto es bastante creo yo injusto.
Si tengo 15 días anuales y uso 21 días en un solo viaje deberían simplemente paralizar el pago y la cotización 7 días, no 21.
Las personas que viajamos anualmente( no por vacaciones, sino que tenemos familia española en el extranjero) con esto perderíamos más días de lo que debiéramos de cotización para la jubilación y puede afectarnos en el cómputo final a cobrar en la jubilación ya nos están quitando esos 15 días de derecho que tenemos anuales.
Perdonad si no me he explicado bien y suena lioso, espero podáis entender el mensaje y tener una respuesta certera.
Gracias de antemano, gran foro!