Tengo que darte la razón, no entiendo que vean esta nueva regulación como apoyo al empleo.
Otro precepto que no entiendo es que no se podrá pagar el complemento de apoyo al empleo a contratos con empresas en las que el trabajador haya estado contratado en los últimos 12 meses, lo que deja sin poder cobrar este "compatibilidad" a fijos discontinuos o trabajadores de ETT's.
Sobre el importe del salario, dejará de ser un problema, el salario de ese trabajo por el que se recibe el complemento al apoyo está excluido del cálculo de los 850,50, se podrá percibir incluso por contratos a tiempo completo, eso sí con ese límite de 180 días, entiendo que por cada subsidio. Lo que me lleva a otro punto ¿un subsidio de mayores de 52 años que se puede cobrar hasta por 14 años, solo podrá cobrar este complemento 180 días en esos 14 años?
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos