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Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

11 respuestas
Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total
1 suscriptores
Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total
#1

Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Buenos dias el irpf que tengo de la subida  del 20 % en agosto va cambiar septiembre me parece muy elevado  .entes de la subida cobraba 1200€ por si alguien me puede orientar gracias un saludo
#2

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Hola. No te puedo responder a tu pregunta pues no tengo información al respecto. Pero si te te puedo hacer una pregunta si eres tan amable : tu pensión es debida a enfermedad común u otro tipo? Es que yo estoy  pendiente a juicio que sería en diciembre del 2025. Ahora solo cobro la ayuda familiar, osea bien poco.
Gracias
#3

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Buenas es por enfermedad  
Común un saludo.
#4

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Manu, obviamente el IRPF que tienes que pagar es menor pero date cuenta que esté año ellos hacen un mix de lo que cobrabas antes, los atrasos y de lo que te queda por cobrar este año y les ha salido eso. 
Puedes pedir que te lo bajen o no ahora, pero el 1 de enero lo corregirán al IRPF que realmente debes de pagar, además date cuenta que lo que pagues de más este año te lo devuelven en n la próxima declaración de la renta.
Acabo de hacer una simulación en la calculadora del IRPF para tu sueldo bruto x 14, con discapacidad del 33% asociada a la IP y me sale que deberías de pagas el 11,5.
Puedes pedir voluntariamente en tu seguridad social en gestionar mi prestación que lo bajen al 13%, para ir sobre seguro.
Un saludo 

#5

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Hola: buenas tardes¡¡ Por si sabe alguien y me puede ayudar, despues de mi vuelta al trabajo cuidadora de personas mayores residencia, ( levantar pesos...) he solicitado la la reduccion de jornada por enfermedad propia fibromialgia y fatiga cronica, me dicen que no. Sabe alguien donde encontrar la ley, texto legal que pueda utilizar para que entiendan que es un caso especial de reduccion al igual que por cuidado hijos, familiares...? No encuentro nada en internet salvo que existe ese supuesto. Es desesperante intentar mantener el puesto de trabajo con jefes qeu le importa una M tu salud. Un saludo
#6

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Nikita, porque no pones este mensaje en el foro principal de incapacidad permanente, es más fácil que alguien sepa como ayudarte, yo no tengo ni idea de eso, perdona.
Un saludo 😀
#7

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Hola Manu1968. Es normal que el IRPF cambie con la subida del 20% en tu prestación, ya que al aumentar tus ingresos brutos, también puede aumentar el porcentaje de retención del IRPF. Esto depende de tu situación personal (como tu estado civil, si tienes hijos, etc.) y del total de tus ingresos anuales.

Te recomiendo que revises con la Seguridad Social o Hacienda cuál es el tipo de retención aplicado y si es posible ajustarlo según tu situación. También puedes utilizar el simulador de IRPF de la Agencia Tributaria para tener una idea más precisa de lo que deberías estar pagando.

Espero que esta información te ayude! Un saludo.
#8

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Hola Nikita9,

Lamento mucho la situación que estás pasando. La reducción de jornada por motivos de salud no está contemplada de la misma forma que la reducción por cuidado de hijos o familiares, pero te explico las opciones que podrías considerar:

Reducción de Jornada por Enfermedad: En la legislación laboral española, no existe una ley específica que regule la reducción de jornada por enfermedad propia como sí ocurre para el cuidado de hijos o familiares. Sin embargo, podrías solicitar una adaptación de tu puesto de trabajo o de la jornada basándote en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, que permite a los empleados pedir una adaptación de la jornada por necesidades personales o familiares. La empresa está obligada a negociar contigo, aunque no necesariamente a concederla.

Incapacidad Permanente Parcial o Total: Si tu fibromialgia y fatiga crónica te impiden trabajar a tiempo completo o en ciertas condiciones, podrías considerar solicitar una incapacidad permanente parcial o total que te permita ajustar tu jornada laboral o cambiar de funciones (imagino que ya la habrás pedido y habrá salido denegada).

Prevención de Riesgos Laborales: También es importante que hables con el servicio de prevención de riesgos laborales de tu empresa. Ellos están obligados a evaluar tu situación y a buscar medidas que protejan tu salud en el puesto de trabajo.

Te recomiendo que consultes con un abogado especializado en derecho laboral para que te oriente sobre cómo proceder en tu caso concreto. También podrías contactar con alguna asociación de afectados por fibromialgia y fatiga crónica, ya que suelen tener recursos y asesoramiento legal para situaciones como la tuya.

Mucho ánimo y suerte!

PD.: Me parece un tema interesante para el foro principal y para el de fibromialgia. Saludos!
#9

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Muchísimas gracias¡¡ la vuelta ha sido un verdadero desproposito, mira que me prometi que iba a pasar la revisión del servicio de prevención si o si pero me lo están poniendo muy dificil la verdad. Bueno todavia ni me han llamado después de un mes trabajando en unas condiciones pésimas. Abogado, gastos, medicos privados...A lo dicho cuando consiga información segura os la pasaré. Mientras a seguir peleando un abrazo para tod@s.
#10

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

En principio, si ya te han dado el alta médica y estás esperando la valoración del servicio de prevención de riesgos laborales (PRL), lo más común es que debas reincorporarte al trabajo mientras esperas el resultado de dicha evaluación. Sin embargo, si el PRL detecta alguna limitación o riesgo para tu salud, podrían modificar tu puesto o darte un "no apto".

Si crees que no puedes trabajar en las condiciones actuales debido a tu estado de salud, lo ideal sería hablar con tu médico de cabecera o el médico de la empresa para solicitar la baja nuevamente mientras se resuelve el proceso de evaluación.

Recuerda que las empresas tienen la obligación de velar por la seguridad y salud de sus trabajadores, por lo que es importante que cualquier riesgo o limitación sea comunicado y gestionado lo antes posible.
#11

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

El tema de la reincorporación laboral y la valoración del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) está regulado en varias normativas. En concreto, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales es la ley principal que regula la seguridad y salud de los trabajadores en su puesto de trabajo. Esta ley obliga a las empresas a velar por la salud de los trabajadores y adaptar los puestos en caso de riesgos o limitaciones.

Algunos artículos clave de esta ley son:

Artículo 14: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Especifica que el empresario debe garantizar la salud y seguridad de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

Artículo 25: Protección de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de aquellos trabajadores que, debido a sus características personales o estado de salud, puedan tener una mayor vulnerabilidad.


En cuanto al Alta Médica y reincorporación al trabajo, también se tiene en cuenta lo establecido en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, que regula el papel del PRL en la evaluación y adaptación de los puestos de trabajo en función de la salud del trabajador.

En resumen, la obligación de reincorporarse mientras se espera la evaluación del PRL no está directamente especificada en un solo artículo, pero se deduce de la combinación de las normativas mencionadas, que garantizan el derecho del trabajador a la protección de su salud y establecen procedimientos de adaptación del puesto de trabajo si es necesario.


#12

Re: Incapacidad total cualificada - Incapacidad Permanente Total

Es igual....tras una baja larga tienes que ir al centro de valoración para la seguridad de la salud, y van a poner lo que la empresa diga. Si la empresa lo que quiere es despedirte te darán un no apto, pero como no quieran darte un duro te pondrán apto con restricciones o limitaciones. 
Esto además de haberlo comprobado por nosotros mismos, nos lo afirmaron tanto varios abogados como en salud laboral. 
Mi marido tras denegación de incapacidad permanente sin ser siquiera citado por el tribunal,  fue a pasar ese reconocimiento.  El médico le dijo claramente " sabes que tú no estás para trabajar,  verdad?".... pues le pusieron apto con restricciones.  Volvió al trabajo y fue sacado en ambulancia.  Fuimos varias veces a salud laboral y nos dijeron que nos tendrían que dar un no apto.
Cogió otra baja y se la han denegado en el inss. Se habló con la empresa para un no apto y despido y se niegan a negociar,  no quieren soltar un duro. Ahora a esperar a que llegue la carta del inss, nueva reincorporación y se denunciará ante inspección de trabajo,  ya que no le readaptaron nada, es imposible,  es un trabajo que tienes que estar al 100% y de pie, y eso lo tiene restringido. Vuelve a trabajar y aguanta y haz lo que puedas, eso le dijeron....
Así que el no apto o el apto con restricciones te lo pondrán dependiendo de lo que les diga la empresa, ya que son las empresas quienes te mandan allí.