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Subsidio +52 y rescate plan de pensiones
Tengo entendido que a efectos de renta de cara al SEPE, sólo se consideran los beneficios obtenidos de las aportaciones realizadas al plan, es decir, la rentabilidad que te ha dado ese dinero en el banco. ¿Es cierto?
Siendo así, si rescato el plan en aportaciones periódicas, ¿cómo se calcula el importe que se considera renta? ¿He de informar al SEPE del rescate?
Siendo así, si rescato el plan en aportaciones periódicas, ¿cómo se calcula el importe que se considera renta? ¿He de informar al SEPE del rescate?