#1
Dudas Casillas 18,19 y 22 de la declaración de la renta y como afecta al cálculo del IMV.
Buenas, las revisiones del IMV me tienen loco pq no sé cual es el criterio o la norma que se siguen con la casillas 18, 19 y 22 para aplicarlas en dichas revisiones.
En mis declaraciones que son hechas en la web de hacienda siempre están las casillas 19 y 22 con importes, por lo que se supone que esa es la cifra que se toma en cuenta para el calculo del IMV, la de la casilla 22. Tampoco termino de entender el pq ponen esa cifra puesto que mis ingresos son ayuda mayores 55 años + el IMV y sigo sin enteder si no computan como trabajo (que parece lo lógico) o si es computable y por eso lo hacen.
En las revisiones de Mayo la computan y en Octubre la quitan y es lo que ni en INSS han sido capaces de explicarme y deberia ser sencillo, a ver si alguno me ilumina o le pasa lo mismo y tratamos de aclarar esto para saber a qué atenerse.
Las opciones que veo.
A- Esas casillas estan mál puestas y no se debe ser aplicada esa reducción y la casilla a tener en cuenta es la 18.
B- Esas casillas esta bien puestas y si debe de ser tenida en cuenta y la casilla a tener en cuenta es la 22.
¿Hay algo que se me escapa, que no tengo en cuenta o ni los funcionarios saben bien como se aplica y depende el que toque es una o es otra y a reclamar toca?.
En mis declaraciones que son hechas en la web de hacienda siempre están las casillas 19 y 22 con importes, por lo que se supone que esa es la cifra que se toma en cuenta para el calculo del IMV, la de la casilla 22. Tampoco termino de entender el pq ponen esa cifra puesto que mis ingresos son ayuda mayores 55 años + el IMV y sigo sin enteder si no computan como trabajo (que parece lo lógico) o si es computable y por eso lo hacen.
En las revisiones de Mayo la computan y en Octubre la quitan y es lo que ni en INSS han sido capaces de explicarme y deberia ser sencillo, a ver si alguno me ilumina o le pasa lo mismo y tratamos de aclarar esto para saber a qué atenerse.
Las opciones que veo.
A- Esas casillas estan mál puestas y no se debe ser aplicada esa reducción y la casilla a tener en cuenta es la 18.
B- Esas casillas esta bien puestas y si debe de ser tenida en cuenta y la casilla a tener en cuenta es la 22.
¿Hay algo que se me escapa, que no tengo en cuenta o ni los funcionarios saben bien como se aplica y depende el que toque es una o es otra y a reclamar toca?.