La SS no depende del dinero de los pagos indebidos para poder pagar los atrasos, bajo ese criterio deberían de pagarnos en 60 plazos que es los máximo que le van a dar a quien haya recibido pagos indebidos para devolver las cuantías.Lo que dices no se sostiene, otra cosa es que se pague en marzo o en noviembre, son temas totalmente diferentes, pero tienen previsto que el pago no se demore mucho más.
Los atrasos no se van a pagar con el dinero de los pagos indebidos, en serio creéis que si en el mismo mes o en dos como mucho se van a pagar los atrasos va a ser con el dinero de los pagos indebidos? Cuando empiecen con los expedientes para los atrasos generados también se pondrán con los pagos indebidos, incluso es muy posible que en primer lugar tramiten los expedientes que se actualizaron al alza y después los que fueron a la baja y los que conllevaron la extinción.Cierto es que no tienen fecha para pagar, pueden hacerlo cuando quieran.
En un principio tienen que ser las Delegaciones Provinciales quienes pasen a Madrid la información para que se pueda dar la orden de pago. En el caso de que no se hiciera así, llegado el momento tendrían que informar para que desde dichas Delegaciones puedan tener al día a los usuarios.Todo este tipo de pagos se suelen hacer en un pago único, sea coincidente con el pago de la nómina o no, es independiente un pago de otro.
A mi me dicen que todo sigue igual, que esperan alguna noticia en cualquier momento, pero por el momento las delegaciones provinciales no han recibido ninguna orden ni noticia al respecto.
Nada tiene que ver, a mi me aprobaron a primeros de mes y no recibí sms, cobré a finales del mismo mes y la carta me llegó después de cobrar.El sms no le llega a todo el mundo independientemente de la fecha de aprobación y de la provincia.
No te pueden decir que no tienes que devolver porque ellos todavía no saben nada, a no ser que justamente hoy les hayan dicho cómo proceder.En las Delegaciones Provinciales están esperando que desde Madrid les pidan los datos de los atrasos que hay que abonar y les indiquen cómo proceder con los expedientes a los cuales se les ha rebajado la cuantía o se les ha extinguido.Hasta qué no les den indicaciones nadie te puede asegurar que no te van a pedir las devoluciones de los pagos indebidos.Seguramente existan excepciones en las que no se reclamen, pero por ahora no se sabe qué casos van a ser.