No sé si lo he entendido bien, quieres decir que si extinguimos por el precio de compra inicial, me tendría que compensar mi marido de alguna manera hasta el precio actual?Disculpa por tanta pregunta, estamos hechos un lío y queremos hacer las cosas bien
Muchas gracias Leopol72Hemos preguntado en notaría y en un gestor, ninguno de los dos sabe exactamenten que precio ponerEn el pueblo donde vivo han bajado muchísimo los precios de la vivienda, estamos barajando la idea de hacer la extinción de condominio por el valor inicial del 92, de esta forma no habría incremento ni perdidas, la duda está en si puede considerar Hacienda una donación de la diferencia del 92 al actual